JurídicoESEN
Tutela ruling (T)October 25, 1999

T-836 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Carlos Gaviria Díaz

✓Claimant Ines Vasco Marulanda Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho De Peticion. Der A La Igualdad. Solicitud De Cesantias Parciales De Docentes. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho De Peticion En Cesantias Parciales
  • Reconocimiento no sujeto a disponibilidad presupuestal
  • Pronta resolución
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, en el expediente T-220239. En su lugar conceder el derecho de petición a Inés Vasco Marulanda, ordenando al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, Regional Antioquia, que a más tardar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda a resolver de fondo sobre la solicitud de cesantías parciales presentada por la actora el 11 de julio de 1997.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia del Juzgado Treinta y siete Penal Municipal de Santa Fe de Bogotá, en el expediente T-225033, y en su lugar conceder la tutela por violación al derecho de petición. Se ordena al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio Cundinamarca,. que a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, proceda a resolver de fondo sobre la solicitud de cesantías parciales presentada por NELLY MARINA TRILLERAS ACOSTA, el 27 enero de 1999.
  3. Segundo. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado
  4. Tercero. Penal del Circuito de Villavicencio, en el expediente T-225784, al conceder la tutela por el derecho de petición.
  5. Cuarto. REVOCAR la sentencia del Tribunal Superior de Neiva, en el expediente T-226156 y en su lugar conceder la tutela por violación al derecho de petición. Se ordena al Fondo de Prestaciones del Magisterio, Regional de Huila, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, responda de fondo la petición formulada por JAIME ROJAS TAFUR, en el mes de mayo de 1997.
  6. Quinto. REVOCAR la sentencia de la Corte Suprema de Justicia en el expediente T-226266 y en su lugar conceder la tutela por violación al derecho de petición. Se ordena al Fondo de Prestaciones del Magisterio, Regional Risaralda, y a la Fiduciaria la Previsora, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia y desde las competencias de cada una de dichas entidades, responda de fondo la petición formulada por NAZARETH LÓPEZ VARGAS, en agosto de 1998.
  7. Sexto. REVOCAR la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, en el expediente T-229119, y en consecuencia, conceder la tutela por violación al derecho de petición. Se ordena al Fondo de Prestaciones del Magisterio, Seccional Cundinamarca, y a la Fiduciaria la Previsora, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, respondan de fondo, y desde las competencias legales de las mencionadas entidades, la petición de solicitud de reconocimiento de la pensión de la señora DORA LUCY PERILLA DE PIÑEROS, realizada el día 13 de noviembre de 1998.
  8. Séptimo. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá, en el expediente T- 231302 y en consecuencia, conceder la tutela por violación al derecho de petición. Se ordena al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio de Bogotá y a la Fiduciaria La Previsora, que en el término de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificación de esta sentencia, respondan de fondo, y desde las competencias legales de cada una de las entidades mencionadas, la petición formulada por JAIME FERNANDO GONZÁLEZ GUERRERO el día 22 de octubre de 1996.
  9. Octavo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 11cited by 15 →T-836/99T-220/94 — Der. De Peticion. Pension De Jubilacion. Caja Nal De Prevision. Concedida. · cited 112 timesT-220/941994C-428/97 — Retroactividad Y Destino Especifico De Las Cesantias. Encargos. · cited 99 timesC-428/971997T-363/97 — Der. De Peticion. Reconocimiento De Cesantias Parciales. La Falta De Presupuesto No Es Excusa Valida Para Eludir El Deber De Contestar Las P · cited 54 timesT-363/971997T-470/98 — Improcedencia De La Tutela Para El Cobro Exclusivo De La Indexacion. Medio De Defensa Judicial. Negada. · cited 44 timesT-470/981998T-228/97 — Der. De Peticion. Der. A La Igualdad. Liquidacion Y Pago De Cesantias Parciales. Empleada De La Rama Que Se Acogio Al Nuevo Regimen. Concedi · cited 41 timesT-228/971997T-206/97 — Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento Y Pago De Cesantias Parciales. Empleados De La Rama Judicial. Concedida. · cited 35 timesT-206/971997T-314/98 — Der. De Peticion. Der. A La Igualdad. Reconocimiento Y Pago De Cesantias Parciales A Docentes. Concedida. · cited 26 timesT-314/981998T-419/97 — Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Cesantias Parciales. Concedida. · cited 18 timesT-419/971997T-093/00 — Suspension De Servicios Medicos Prestados Por Cajanal A Traves De Clinica Por Falta De Recursos. No Hay Violacion De Derecho Funamental. Neg · cited 42 timesT-093/002000T-363/04 — Derecho De Peticion Y Vivienda. Solicitud Reconocimiento Y Liquidacion De Cesantia Parcial Para Liberacion De Hipoteca. Respuesta De Fondo. · cited 41 timesT-363/042004T-053/14 · cited 28 timesT-053/142014T-883/05 · cited 20 timesT-883/052005T-008/15 · cited 17 timesT-008/152015SU.014/02 — Derecho De Peticion Y Vivienda De Docentes. Solicitud Reconocimiento Y Pago Cesantias Parciales. Respuesta Clara Y Oportuna. Expedicion Acto · cited 15 timesSU.014/022002T-761/05 · cited 11 timesT-761/052005T-1048/02 — Derechos De Peticion Vida Y Seguridad Social De Docente. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion. Demora Injustificada. Invest · cited 6 timesT-1048/022002
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.