C-428 de 1997
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimiro Naranjo Mesa
✓Claimant Luis Antonio Vargas Alvarez Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reconocimiento no sujeto a disponibilidad presupuestal
- Destinación
- Pago
- Facultad inconstitucional del Ministro
- Concepto
- Remuneración
- Destinación de recursos
- Recursos para financiación de gastos de protección al medio ambiente
- Cambios sólo obligatorios para el futuro
- Fijación de un mínimo de rezago
- Inconstitucionalidad de autorización para crear incentivos
- Efectos futuros
- Incumplimiento
- Libre competencia en afiliación
- Autorización de cruce de información
- Naturaleza
- Inconstitucionalidad de autorización para crear incentivos
- Materias no pueden dejar de hacer parte de ley marco
- Inconstitucionalidad
- Alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demandas de inconstitucionalidad contra los artículos 13, 14, 15, 18, 22, 26, 29 y 30 de la Ley 344 de 1996, por la cual se dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se conceden unas facultades extraordinarias y se expiden otras disposiciones.
Con el presente fallo se da resolución a cuatro demandas formuladas de manera independiente que presentaron coincidencia temática.
En términos generales los actores alegaron que las disposiciones normativas acusadas son violatorias de los artículos 1, 2, 4, 5, 6 13, 16, 25, 28, 29, 46, 48, 53, 54, 83, 90, 121, 123,124, 228, 229, 230 y 286 de la Carta Política.
La Corte decidió (i) declarar EXEQUIBLE el artículo 13 de la Ley 344 de 1996, excepto el último inciso que dice: "El Gobierno Nacional podrá establecer programas de incentivos con la finalidad de propiciar que los servidores públicos que en el momento de la publicación de la presente Ley tengan régimen de cesantías con retroactividad, se acojan a lo dispuesto en el presente artículo", que se declara INEXEQUIBLE.
(ii) Declarar EXEQUIBLE el artículo 14 ídem, excepto las expresiones "reconocerse, liquidarse y", que se declaró INEXEQUIBLES.
(iii) Declarar INEXEQUIBLE el artículo 15 ibidem.
(iv) Declarar EXEQUIBLES los artículos 18, 22, 26, 29 y 30 de la pluricitada Ley.
What it decided
Holdings on Ley 344/96. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Declárase EXEQUIBLE, en los términos de este fallo, el artículo 13 de la Ley 344 de 1996, excepto el último inciso que dice: " El Gobierno Nacional podrá establecer programas de incentivos con la finalidad de propiciar que los servidores públicos que en el momento de la publicación de la presente Ley tengan régimen de cesantías con retroactividad, se acojan a lo dispuesto en el presente artículo", que se declara INEXEQUIBLE.
- Segundo. Declárase EXEQUIBLE, en los términos de esta sentencia, el artículo 14 de la Ley 344 de 1996, excepto las expresiones "reconocerse, liquidarse y", que se declaran INEXEQUIBLES.
- Tercero. Declárase INEXEQUIBLE el artículo 15 de la Ley 344 de 1996.
- Cuarto. Decláranse EXEQUIBLES, en los términos de esta sentencia, los artículos 18, 22, 26, 29 y 30 de la Ley 344 de 1996.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.