T-761 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Jesús Anuar Ramos Diaz Vs. Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reconocimiento no sujeto a disponibilidad presupuestal
- Elementos del núcleo conceptual
- No satisface el derecho de petición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de peticion trabajo y dignidad humana de docente a quien le han negado la respuesta a una peticion de cancelación de cesantias parciales.
Solicita se ordene al fondo dar contestación de fondo a la solicitud de reconocimiento y pago de las cesantias parciales mediante el respectivo acto administrativo.
El derecho de peticion como derecho fundamental.
El ejercicio del derecho de peticion para la obtención del reconocimiento y pago de cesantias parciales por parte de los docentes al servicio del estado.
La no existencia de disponibilidad presupuestal no es argumento para no dar tramite dal derecho de peticion.
No es admisible la tesis según la cual el silencio administrativo negativo constituye un medio de defensa judicial ante cuya presencia se haga improcedente la accion de tutela; Por el contrario se hace aun mas evidente la conculcacion del derecho del actor al no ver satisfechas sus pretensiones por parte del ente de la administración publica al cual ha acudido.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia REVOCAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casacion Laboral, el diecisiete de marzo de 2005, por medio de la cual nego la tutela presentada por el senor Jesus Anuar Ramos Diaz y, en consecuencia, CONCEDER la accion de tutela para proteger los derechos fundamentales reclamados por el demandante.
- Segundo. ORDENAR al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a resolver de fondo la peticion presentada por el senor Jesus Anuar Ramos Diaz. De no existir disponibilidad presupuestal para tal efecto, debera iniciar los tramites pertinentes en un termino que no podra superar los dos (2) meses siguientes a la notificacion de la presente sentencia.
- Tercero. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.