T-702 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Miguel Angel Palomino Suarez·Respondent Instituto De Seguros Sociales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Su fundamentalidad no depende de la manera como éstos se hacen efectivos en la práctica
- Aplicación de la ley 33 de 1985
- Procedencia excepcional para protección de derechos prestacionales
- Fundamental
- Principio de favorabilidad en la interpretación
- Posibilidad de acumular tiempo de servicio a entidades estatales y cotizaciones al ISS para reunir el número de semanas necesarias para tener derecho a ella
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social, mínimo vital, salud.
Al actor le negaron el reconocimiento de la pensión de vejez, como beneficiario del régimen de transición.
La Sala reitera la jurisprudencia respecto a la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de prestaciones laborales y encuentra que en este caso es admisible ya que el actor es una persona de tercera edad quien además padece de cáncer, por lo tanto se encuentra en una situación de debilidad y es un sujeto de especial protección.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR parcialmente, con base en las razones expuestas, la sentencia proferida en el proceso de la referencia por la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota y, en consecuencia, CONCEDER DE MANERA TRANSITORIA el amparo del derecho a la seguridad social invocado por Miguel Angel Palomino Suarez.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a expedir un nuevo acto administrativo en el que reconozca a favor del ciudadano Miguel Angel Palomino Suarez la pension de conformidad con lo expuesto en las consideraciones de este fallo.
- Tercero. Advertir al actor que cuenta con el termino de cuatro (4) meses para iniciar el tramite respectivo en la jurisdiccion ordinaria, lapso durante el cual los efectos de esta sentencia estaran vigentes.
- Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.