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Tutela ruling (T)February 12, 2018

T-029 de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido

✓Claimant Edilberto Garzon Larrota·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Pension Especial De Vejez Por Hijo En Situacion De Discapacidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Pensión Especial De Vejez Por Hijo En Situación De Discapacidad
  • Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad
  • Regulación en la Ley 797 de 2003
  • Debió establecer un plazo máximo para reconocer el derecho y ordenar la inclusión en nómina, como elemento esencial para el goce pleno de la pensión
  • Requisitos
Test De Vulnerabilidad Y Condicion De No
  • RESILIENCIA COMO REQUISITO DE PROCEDENCIA DE LA ACCION DE TUTELA
Test De Vulnerabilidad
  • Aplicación incurre en modificación indebida del precedente constitucional con respecto al principio de subsidiariedad
  • Aplicación implica una limitación a la acción de tutela como derecho fundamental y como garantía de los derechos vulnerados
Test De Vulnerabilidad Y Condicion De No-Resiliencia Como Requisito De Procedencia De La Accion De Tutela
  • Constituye una seria amenaza para la vigencia del Estado constitucional de Derecho y de derechos
5 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales del actor, como consecuencia de haberle negado el reconocimiento y pago de la pensión especial de vejez por hijo en condición de discapacidad que reclamó.

La entidad negó la prestación con fundamento en dos razones: 1º.

Que el accionante no cotizó el número mínimo de semanas que exige el Régimen de Prima Media, esto es, 1300 semanas y, 2º.

Que debía estar cotizando al Sistema General de Pensiones al momento de la solicitud del reconocimiento pensional.

La Corte considera, de manera contraria a la accionada, que se acreditan las tres condiciones de que trata el inciso segundo del parágrafo 4º del artículo 9 de la Ley 797 de 2003 para acceder a la pensión especial de vejez, de manera coherente con la jurisprudencia constitucional.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la entidad adelantar las gestiones pertinentes para reconocer la prestación reclamada.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 24 de agosto de 2017, proferida por la Sala Primera de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que confirmo la sentencia de 3 de agosto de 2017, proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Bogota, que declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por Edilberto Garzon Larrota, en contra de Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-, por las razones expuestas en la parte motiva.
  3. Segundo. AMPARAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de Edilberto Garzon Larrota.
  4. Tercero. ORDENAR a COLPENSIONES dejar sin efecto las resoluciones GNR 342865 de 18 de noviembre de 2016, GNR 60016 de 27 de febrero de 2017 y DIR 1992 del 21 de marzo de esta misma anualidad, mediante las cuales nego la solicitud de pension especial de vejez por hija en condicion de discapacidad al accionante. En su lugar, ORDENAR que, en un termino no mayor a 15 dias, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, adelante todas las gestiones para reconocer a Edilberto Garzon Larrota la pension especial de vejez de padre de hija en condicion de discapacidad, que regula el articulo 9 de la Ley 797 de 2003.
  5. Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
Partial dissentCarlos Libardo Bernal PulidoPartial dissentDiana Constanza Fajardo Rivera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.