T-360 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Francisco Luis Rodriguez·Respondent Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Vía de hecho
- Reconocimiento sumando semanas cotizadas al ISS y otras entidades previsoras
- No exige cotizaciones efectuadas de manera exclusiva al Instituto de Seguros Sociales según Decreto 758/90
- Requisitos según Decreto 758/90
- Aplicación al Instituto de Seguros Sociales por guardar silencio
- Requisitos para acceder a la pensión de vejez
- Reiteración de jurisprudencia
- Reconocimiento de la pensión de vejez con su respectivo retroactivo aplicando Decreto 758/90
- Procedencia excepcional
- Reiteración de jurisprudencia
- Vulneración cuando se inaplican normas del régimen que ampara a beneficiario de la transición
- Reiteración de jurisprudencia
- Vulneración cuando entidad niega reconocimiento de la pensión de vejez por no haber cotizado únicamente al ISS
- Situación más favorable al trabajador
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, mínimo vital, seguridad social.
El ISS le negó al accionante el reconocimiento y pago de la pensión de vejez reclamada, a pesar de que, en su criterio, reúne los requisitos de edad y tiempo de cotización establecidos en el régimen de transición, así como en las normas que le resultan aplicables.
Por su parte, el instituto accionado adujo que el actor no cumplía con el requerimiento legal de tener acreditadas mil semanas de cotización realizadas de manera exclusiva al ISS.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de prestaciones sociales. 2º.
La garantía fundamental del debido proceso en el reconocimiento de la pensión y 3º.
Requisitos del régimen de transición de la Ley 100 de 1993, tomando como régimen anterior aplicable el Decreto 758 de 1990.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena expedir resolución de reconocimiento de la pensión de vejez bajo el régimen de transición y empezarla a pagar con la periodicidad debida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 14 de diciembre de 2011, por el Juzgado 26 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellin (Antioquia) que denego el amparo solicitado. En su lugar CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, al minimo vital y a la seguridad social del senor Francisco Luis Rodriguez.
- Segundo. ORDENAR al Instituto del Seguro Social, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino improrrogable de 15 dias, expida resolucion de reconocimiento de la pension de vejez bajo el regimen de transicion y empiece a pagarla con la periodicidad debida a favor del senor Francisco Luis Rodriguez.
- Se advierte que el pago efectivo de la prestacion no podra exceder de treinta (30) dias y debera darse a partir del momento en el que reunio las exigencias contempladas en la mencionada norma, junto con su respectivo retroactivo pensional.
- LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.