T-653 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Esperanza Arias Vargas Vs. Fondo Social De Prestaciones Sociales Del Magisterio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Condiciones para su procedencia
- Pensión de invalidez es fundamental para garantizar subsistencia digna de la actora
- Imposibilidad de imponer prueba diabólica
- Compatibilidad
- Finalidades distintas
- Requisitos de los destinatarios
- Destinatarios
- Evolución normativa
- Elementos para que se configure
- Improcedencia de reconocimiento por tutela
- Fundamental por conexidad
- Reconocimiento y pago de pensión de invalidez como medida temporal
- Concepto
- Mecanismo al que debe acudir la actora para que se pronuncie definitivamente sobre su pensión de invalidez
- No prohíbe la compatibilidad entre pensión gracia y pensión de invalidez
- Procedencia excepcional
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, de fecha 16 de diciembre de 2003, y en su lugar CONFIRMAR la sentencia de primera instancia del Juzgado 45 Penal del Circuito de Bogotá, de fecha 12 de noviembre de 2003, en el que se concedió la tutela transitoria a los derechos fundamentales de Esperanza Arias Vargas.
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio ante Bogotá, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, revoque el acto administrativo mediante el cual negó el reconocimiento de la pensión de invalidez reclamada por Esperanza Arias Vargas y, en su lugar, le reconozca la pensión y le pague las mesadas atrasada y las que a futuro se causen.
- TERCERO. ORDENAR a Esperanza Arias Vargas que dentro del término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la notificación del presente fallo, acuda ante la jurisdicción contenciosa administrativa para que de manera definitiva decida sobre su derecho a la pensión de invalidez.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.