T-627 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Maria Laudice Olaya De Fonseca Vs. Cajanal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Término de cuatro y seis meses para resolver reconocimiento y pago
- Deber de las entidades administradoras de pensiones de dar respuesta de fondo
- Término de quince días para informar estado del trámite o copias de documentos
- Características
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de peticion de pensionada que solicito la reliquidación de la pension gracia reconocida teniendo en cuenta la totalidad de los factores saláriales devengados sin haber obtenido respuesta alguna.
Solicita se ordene dar respuesta a su solicitud.
Jurisprudencia sobre el derecho de peticion.
Terminos para resolver solicitudes en pensiones.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del diecisiete (17) de marzo de 2005 proferida por el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá, en la cual se concedió la tutela del derecho fundamental de petición, dentro de la acción instaurada por la señora María Laudice Olaya de Fonseca contra la Caja Nacional de Previsión Social, CAJANAL.
- SEGUNDO. ORDENAR a CAJANAL, si aún no lo ha hecho, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta Sentencia, proceda a resolver de manera clara, precisa y de fondo la petición formulada por la señora María Laudice Olaya de Fonseca.
- TERCERO. PREVENIR a la Caja Nacional de Previsión Social, CAJANAL para que en el futuro se abstenga de incurrir en actuaciones que puedan vulnerar los derechos fundamentales de sus afiliados.
- CUARTO. LÍBRESE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.