JurídicoESEN
Tutela ruling (T)August 16, 2011

T-613 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Elizandro Macias Cala Y Otros·Respondent Intersalud Cooperativa De Trabajo Asociado Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Minimo Vital Y Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Con Discapacidad
  • Dada la imposibilidad de reintegrar al trabajador, se ordena pagar salario y prestaciones
Despido De Discapacitado Sin Autorizacion Del Ministerio Del Trabajo
  • Obligación de cancelar indemnización por 180 días de trabajo
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Trabajador Discapacitado
  • Es independiente de la relación contractual que exista
Estabilidad Laboral Reforzada
  • Ineficacia del despido sin autorización previa y expresa del Ministerio de Protección Social
Trabajador Discapacitado
  • Pago de indemnización no convierte el despido eficaz si no se ha hecho con previa autorización del Ministerio del Trabajo
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Reiteración de jurisprudencia sobre protección por vía de tutela de manera excepcional
7 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Estabilidad laboral reforzada, trabajo, salud, seguridad social, igualdad, mínimo vital, primacía de la realidad sobre las formalidades.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los hechos coincidentes en los asuntos estudiados tienen que ver con la terminación unilateral de los contratos de trabajo sin justa causa y sin mediar autorización del Ministerio de la Protección Social, a pesar de las enfermedades que aquejaban a los accionantes.

La Sala resuelve el problema jurídico planteado luego de reiterar y analizar jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reintegro al trabajo cuando se trata de proteger el derecho a la estabilidad laboral reforzada de los trabajadores con discapacidad física o mental.

En dos casos se confirma las decisiones de instancia que denegaron el amparo solicitado y solo en uno se concede. <br> NOTA DE RELATORIA: Mediante auto 136 del 5 de julio de 2013, el cual se anexa en la parte final de esta providencia, se corrigió y consecuencialmente se sustituyó, el numeral 6.3 de la parte motiva de la presente sentencia.<br> NOTA DE RELATORIA: Mediante auto 136 del 5 de julio de 2013, se corrigió y consecuencialmente se sustituyó, el numeral 6.3 de la parte motiva de la presente sentencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida el 7 de febrero de 2011 por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Bucaramanga, que confirmo la sentencia del 4 de enero de 2011 del Juzgado Veintidos Penal
  3. Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bucaramanga, en el caso del senor Elizandro Macias Cala (T-3.015.372), por las razones expuestas en esta providencia.
  4. Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida el 28 de febrero de 2011 por el Juzgado
  5. Primero. Promiscuo de Familia de Zipaquira, que confirmo la sentencia de primera instancia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sopo, proferida el 10 de diciembre de 2010, en el caso de la senora Anabella Vargas Varila (T-3.017.104), por las razones expuestas en esta providencia.
  6. Tercero. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia el 3 de marzo de 2011 por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Cali, mediante la cual confirmo la Sentencia de primera instancia proferida el 23 de enero de 2011 por el Juzgado Veinticinco Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Santiago de Cali y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, al minimo vital, a la salud y al debido proceso administrativo del senor Yovanni Cardenas Montano (T-3.031.103).
  7. Cuarto. ORDENAR a la empresa Tempotrabajamos S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, previa valoracion medica que de cuenta de que es apto para trabajar y las condiciones en que puede hacerlo, sin riesgo para su salud, realizada a traves de la entidad con la que tenga a cargo el desarrollo del plan de salud ocupacional, reintegrar al senor Yovanni Cardenas Montano, si el esta de acuerdo, a un cargo igual o superior al que venia desempenando cuando se le desvinculo, acorde con su estado de salud actual y bajo la misma modalidad laboral contractual anterior. Vinculacion que solo podra terminarse, de mantenerse las condiciones de limitacion en salud del trabajador, preiva autorizacion del Ministerio de Trabajo.
  8. Quinto. ORDENAR a la empresa Tempotrabajamos S.A. que afilie al senor Yovanni Cardenas Montano y pague los aportes al Sistema de Seguridad Social, en sus componentes de salud y pension, hasta el momento en que sea reconocida su pension de invalidez, o en su defecto, fuere calificada definitivamente su discapacidad por la entidad competente, alcanzando un nivel inferior al 50% de discapacidad.
  9. Sexto. ORDENAR a la empresa Tempotrabajamos S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, cancele al senor Yovanni Cardenas Montano, la indemnizacion equivalente a 180 dias de salario de que trata el inciso
  10. segundo. del articulo 26 de la Ley 361 de 1997.
  11. Septimo. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 40cited by 21 →T-613/11C-531/00 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Del Discapacitado. Indemnización Por Despido O Terminación Como Sanción Adicional · cited 351 timesC-531/002000T-198/06 · cited 312 timesT-198/062006T-1040/01 — Derecho Al Trabajo De Persona Con Disminucion Fisica. Reintegro Sin Solucion De Continuidad. Reembolso De La Indemnizacion. Capacitacion. Au · cited 267 timesT-1040/012001T-1083/07 · cited 167 timesT-1083/072007C-401/03 — Ley 762 De 2002. Convencion Interamericana Para La Eliminacion De Todas Las Formas De Discriminacion Contra Personas Con Discapacidad. Estad · cited 157 timesC-401/032003T-651/04 — Derechos Al Debido Proceso Trabajo Seguridad Social Vida Digna Y Derechos Adquiridos. Solicitud Liquidacion De Pension Según Regimen De Func · cited 143 timesT-651/042004T-656/06 · cited 122 timesT-656/062006T-263/09 · cited 113 timesT-263/092009C-200/19 — Contrato De Trabajo. Terminación Por Justa Causa, Debida A Incapacidad Por Enfermedad Contagiosa O Crónica Del Trabajador Superior A 180 Día · cited 105 timesC-200/192019T-041/19 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. · cited 77 timesT-041/192019T-239/18 — Limites Al Despido Sin Justa Causa De Docente Que Denunció Actos De Violencia De Genero Y Acoso Laboral En Institucion Universitaria. · cited 46 timesT-239/182018SU.040/18 — Estabilidad Laboral Reforzada De Persona Con Discapacidad En Contratos De Prestacion De Servicios. · cited 41 timesSU.040/182018T-305/18 — Estabilidad Ocupacional Reforzada De Personas En Condicion De Discapacidad En Contratos De Prestacion De Servicios. · cited 40 timesT-305/182018T-057/16 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona Que Sufrio Accidente De Trabajo · cited 34 timesT-057/162016T-284/19 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. · cited 33 timesT-284/192019T-443/17 — Estabilidad Laboral Reforzada En El Caso De Vinculacion En Contrato De Prestacion De Servicios. Proteccion. · cited 21 timesT-443/172017
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.