JurídicoESEN
Tutela ruling (T)July 6, 2011

T-529 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Victor Manuel Perez Alvarado·Respondent Ecopetrol S.A.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Minimo Vital Y Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Con Discapacidad
  • Orden a Ecopetrol de reintegrar a trabajador, siempre y cuando éste manifieste su intención de ser reintegrado
  • Orden a Ecopetrol de pagar salario y prestaciones a trabajador despedido
Reintegro Laboral
  • Improcedente para el caso por cuanto extrabajador de Ecopetrol ha expresado su intención de no reintegrarse
Condena En Abstracto En Tutela
  • Finalidad
  • Improcedencia por falta de requisitos
Despido De Discapacitado Sin Autorizacion Del Ministerio Del Trabajo
  • Indemnización equivalente a 180 días no procede cuando se ordena reintegro de trabajador
7 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

<br>Igualdad, trabajo, estabilidad laboral reforzada, mínimo vital, salud, seguridad social integral, debido proceso administrativo.

El demandante trabajó para ECOPETROL por más de doce años y la empresa terminó su contrato de trabajo de manera unilateral y sin justa causa.

Se alega en la demanda de tutela que el patrono conocía la calificación de la Junta Regional de Calificación de Invalidez, en la cual se dictaminó una incapacidad permanente parcial por enfermedad profesional cuyo porcentaje de pérdida de la capacidad laboral se estableció en un 17%.

Según el actor, no sólo procedía el pago de la indemnización por despido sin justa causa, la cual se hizo efectiva, sino la indemnización sancionatoria por no haber solicitado autorización previa al Ministerio del ramo, para terminar el contrato de trabajo siendo un sujeto de especial protección constitucional.

La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para proteger el derecho a la estabilidad laboral reforzada de trabajadores en discapacidad física o mental, la reubicación laboral de estos trabajadores y el carácter excepcional de la condena en abstracto cuando se concede el amparo.

Se protegen los derechos del demandante y se imparten una serie de órdenes a ECOPETROL conducentes a hacer efectivo el reintegro, el pago de salarios, prestaciones, aportes e indemnización.

SE CONCEDE. <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. Primero. LEVANTAR la medida provisional ordenada mediante Auto 133 del 28 de junio de 2011.
  2. Segundo. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el 7 de diciembre de 2010 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, Sala de Decision Laboral, dentro de la accion de tutela instaurada por Victor Manuel Perez Alvarado contra Ecopetrol S.A, que revoco en su totalidad la sentencia de tutela proferida por el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Cucuta el 26 de octubre de 2010 y concedio el amparo de los derechos fundamentales del accionante.
  4. Tercero. MODIFICAR el numeral
  5. primero. de la sentencia del 7 de diciembre de 2010 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, Sala de Decision Laboral, para en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, al minimo vital, a la salud, a la seguridad social integral y al debido proceso administrativo del senor Victor Manuel Perez Alvarado.
  6. Cuarto. REVOCAR el numeral
  7. segundo. de la sentencia proferida el 7 de diciembre de 2010 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, Sala de Decision Laboral, incluyendo la adicion realizada mediante providencia del 10 de diciembre de 2010, proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cucuta, Sala de Decision Laboral, dentro de la accion de tutela instaurada por Victor Manuel Perez Alvarado contra Ecopetrol S.A., para en su lugar ORDENAR a Ecopetrol S.A. que dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, realice el pago del salario, las prestaciones y aportes a los que tenga derecho el senor Victor Manuel Perez Alvarado, hasta 5 dias luego de la notificacion de la presente providencia.
  8. Quinto. CONCEDER al senor Victor Manuel Perez Alvarado un termino de 5 dias posteriores a la notificacion de la presente sentencia para expresar por escrito a Ecopetrol S.A. su intencion de ser reintegrado. En caso de que el senor Victor Manuel Perez Alvarado exprese su voluntad por escrito dirigido a Ecopetrol S.A., se ORDENA reintegrar al actor dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepcion del escrito, sin solucion de continuidad, al cargo que venia desempenando u otro superior o equivalente, compatible con su discapacidad.
  9. Sexto. ORDENAR a Ecopetrol S.A. que dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia pague una indemnizacion equivalente a 180 dias de salario al senor Victor Manuel Perez Alvarado, de conformidad con lo que establece el articulo 26 de la Ley 361 de 1997.
  10. Septimo. ORDENAR a Ecopetrol S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, realice una compensacion entre las sumas ordenadas por salarios y demas prestaciones dejadas de percibir desde la fecha del despido hasta cuando se reintegre o manifieste expresamente su voluntad de no reintegrarse al cargo y la correspondiente al pago de la indemnizacion de que trata el inciso 2o. del articulo 26 de la Ley 361 de 1997, con lo que recibio a titulo de indemnizacion por el despido sin justa causa prevista en el articulo 64 del C.S.T.
  11. Octavo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
Partial dissentGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 63cited by 12 →T-529/11C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992T-789/03 — Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado · cited 380 timesT-789/032003C-531/00 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Del Discapacitado. Indemnización Por Despido O Terminación Como Sanción Adicional · cited 351 timesC-531/002000T-719/03 — Derechos A La Seguridad Personal Minimo Vital Y Subsistencia De Compañera Superstite E Hijo Menor De Edad De Reinsertado De Las Farc Asesina · cited 331 timesT-719/032003T-198/06 · cited 312 timesT-198/062006T-1040/01 — Derecho Al Trabajo De Persona Con Disminucion Fisica. Reintegro Sin Solucion De Continuidad. Reembolso De La Indemnizacion. Capacitacion. Au · cited 267 timesT-1040/012001SU.256/96 — Der. Al Trabajo. Der. Ala Seguridad Social. Der. A La Dignidad Humana. Portador De Sida. Gun Club. Concedida. · cited 262 timesSU.256/961996T-299/09 · cited 244 timesT-299/092009T-434/20 — Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada De Personas En Condicion De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud · cited 43 timesT-434/202020T-200/18 — Libertad De Prensa Y Su Relacion Con Derechos A La Honra, Buen Nombre E Intimidad Y Rectificacion De Informacion. · cited 32 timesT-200/182018T-263/12 · cited 27 timesT-263/122012T-613/11 · cited 21 timesT-613/112011T-416/16 — Suspension De Funcionarios Publicos Bajo El Principio De Verdad Sabida Y Buena Fe Guardada. Alcance Y Limites. · cited 17 timesT-416/162016T-572/17 — Principio De No Discriminacion Racial En El Entorno Laboral · cited 15 timesT-572/172017T-712/14 · cited 11 timesT-712/142014T-381/23 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. Reiteración De Jurisprudenc · cited 9 timesT-381/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.