T-577 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Jose Manuel Cano Segovia·Respondent Instituto De Seguro Social Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Estudio constitucional
- Caso en que ISS niega sustitución pensional a hijo inválido argumentando que no dependía económicamente del padre por cuanto devengaba ingresos ocasionales y se encuentra emancipado legalmente
- Nupcias de hijo inválido no son impedimento para reconocimiento y pago de la prestación económica toda vez que no existe norma jurídica que contemple tal consideración
- Procede pago de la sustitución pensional por cuanto los ingresos que percibe el hijo inválido son insuficientes y no son de carácter permanente
- Vulneración por parte del ISS al negar pago de sustitución pensional de hijo invalido que padece sordomudez y tiene más del 50% de pérdida de cap
- Naturaleza, finalidad y requisitos para su reconocimiento
- Requisitos que debe acreditar el hijo invalido para que se le otorgue
- Procedencia excepcional a favor de sujetos de especial protección constitucional o personas en circunstancias de debilidad manifiesta
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, vida, seguridad social.
El accionante actúa en representación de su hermano quien es sordo mudo y tiene una pérdida de capacidad laboral del 52.32%, solicita se ordene el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente a que tiene derecho debido al fallecimiento de su padre, la entidad accionada se niega a reconocerle este derecho alegando que el representado ha cotizado al Sistema de Seguridad Social en Salud como trabajador dependiente y además contrajo nupcias en el año de 1997 esto fue entendido por la entidad como una emancipación del hogar.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento de la sustitución pensional a favor de sujetos de especial protección constitucional o personas en circunstancias de debilidad manifiesta, la naturaleza, finalidad y principios constitucionales de la pensión de sobrevivientes también conocida como sustitución pensional, los requisitos que debe acreditar el hijo invalido para que se le otorgue la sustitución pensional, el estudio constitucional sobre la dependencia económica y la emancipación legal del inválido, se encuentra que el representado demostró que los ingresos que percibe son ocasionales y que no le alcanzan para suplir sus necesidades básicas, y probó la dependencia económica del causante al momento de su fallecimiento, se concluye que la entidad accionada al convertir el matrimonio del representado en un obstáculo para no reconocer a su favor la pensión de sobrevivientes, incurrió en una grave imprecisión legal por cuanto no existe norma jurídica que contemple tal consideración, máxime cuando con ella se afectan los derechos constitucionales al libre desarrollo de la personalidad y a la libre decisión de conformar una familia, se decide conceder el amparo como mecanismo definitivo de protección de los derechos del actor.
Concede.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 11 Administrativo del Circuito de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, dentro de la accion de tutela promovida por Jose Manuel Cano Segovia actuando como agente oficioso de Rodrigo Cano Segovia contra el Instituto de Seguros Sociales y Emsirva ESP en Liquidacion, y en su lugar CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales al minimo vital, a la vida digna, a la seguridad social y al libre desarrollo de la personalidad.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO la Resolucion 00-930 del 13 de noviembre de 2009, proferida por Emsirva ESP en Liquidacion, que nego el reconocimiento y pago de la pension sustitutiva a favor del senor Rodrigo Cano Segovia.
- Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguro Social y a Emsirva ESP en Liquidacion, por conducto de sus representantes legales o quienes hagas sus veces que, si no lo han realizado, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, expidan las resoluciones definitivas de reconocimiento y pago de la pension sustitutiva que corresponda, a favor del senor Rodrigo Cano Segovia, hijo invalido del fallecido pensionado Manuel Antonio Cano.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.