T-561 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Betilda Monteri En Representacion De Su Hija Angelina·Respondent Coomeva E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Cirugía por EPS de ninfoplastia que no tiene fines estéticos
- Caso en que EPS niega la práctica de ninfoplastia por no estar incluida en el POS
- Cirugía de ninfoplastia tiene carácter estético según concepto de médico tratante
- Su concepto no es requisito indispensable para la entrega de medicamentos o tratamientos excluidos del POS
- Reiteración de jurisprudencia sobre protección por tutela
- Vulneración por negar práctica de ninfoplastia sin realizar valoración y análisis sobre la salud reproductiva y sexual de la paciente
- Obligación de suministrar a sus afiliados medicamentos y tratamientos excluidos del POS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
<br>Salud, vida en condiciones dignas.
La acción de tutela se instaura en representación de una menor de edad que padece un problema congénito a nivel genital, por el cual fue diagnosticada con una hipertrofia de labio vaginal mayor y a quien el médico ginecólogo le ordenó una cirugía de remodelación de este órgano.
COOMEVA E.P.S, entidad a la cual se encuentra afiliada la niña en calidad de beneficiaria, no autorizó el procedimiento argumentando que el mismo tiene el carácter de estético y en tal sentido, está por fuera de la cobertura del POS.
La Sala considera que efectivamente la vida de la menor en términos de existencia vital no corre ningún riesgo, no obstante realza que su vida en condiciones dignas, su salud e integridad sexual, su estima y la valoración que tiene de su cuerpo y de su sexo, sí pueden estar potencialmente afectadas porque sus órganos sexuales están alterados por la asimetría que presentan sus labios vaginales.
En tal sentido, reitera que la cirugía ordenada por el médico especialista no se puede catalogar como procedimiento suntuario o cosmético, sino que persigue el derecho a la salud de la menor, entendido este derecho desde una perspectiva integra.
De otro lado resalta que con la cirugía se busca asegurar la vigencia del derecho a la dignidad humana, consignado en la Constitución Política.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la E.P.S. accionada tomar las medidas adecuadas para realizar el procedimiento quirúrgico recomendado por el médico tratante, previo consentimiento informado de la menor y sus padres y valoración médica para determinar el momento oportuno para practicarlo. <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Palmira el diecinueve de noviembre de 2010 dentro del proceso de la referencia, y en su lugar, TUTELAR el derecho a la salud de la menor Angelina.
- Segundo. ORDENAR a la EPS Coomeva que en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, tome las medidas adecuadas para realizar la cirugía recomendada por el médico tratante, previo consentimiento informado de la menor y de sus padres y una vez que los médicos de la entidad determinen si actualmente es el mejor momento para la práctica de la cirugía o es preciso esperar a la madurez en los órganos sexuales de la menor. De ser así, la decisión dictada por esta Corporación se mantendrá hasta tanto los médicos determinen la oportunidad de la cirugía, sin que puedan oponerse a ella alegando el carácter estético de la misma.
- Tercero. PREVENIR a COOMEVA EPS S.A. para que repita hasta por la mitad del valor de la cirugía ordenada en esta sentencia ante el Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA-, en tanto se cumplen los presupuestos establecidos en la sentencia C-463 de 2008.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.