T-010 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Luis Antonio Zapata Del Rio Actuando Como Agente Oficioso De Diego Antonio Zapata Arango·Respondent Eps S Savia Salud
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Protección constitucional especial a personas que padecen problemas de farmacodependencia y/o drogadicción
- Internación para manejo de enfermedad en salud mental está incluido dentro del POS, según Acuerdo 029/11
- Orden a EPS-S autorizar internación en una unidad de salud mental
- Garantía constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos fundamentales por parte de las entidades demandadas se atribuye a la negativa de autorizar la internación del hijo del actor en una unidad de salud mental, a pesar de haber sido ordenada por el médico tratante para el manejo de la enfermedad diagnosticada como esquizofrenia asociada a antecedentes de consumo de sustancias psicoactivas.
Se reiteran reglas jurisprudenciales relativas a la garantía del derecho fundamental a la salud psíquica y mental y, la atención especial respecto de personas que presentan problemas de farmacodependencia o drogadicción.
Se CONCEDE la tutela al derecho a la salud.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Civil-Laboral del Circuito de la Ceja, Antioquia el ocho (8) de julio de 2015 mediante la cual negó el amparo solicitado por el señor Luis Antonio Zapata del Rio como agente oficioso de su hijo Diego Antonio Zapata Arango. En su lugar, conceder la tutela del derecho a la salud del señor Diego Antonio Zapata Arango.
- SEGUNDO. ESTABLECER como definitiva la medida provisional adoptada por la Sala Novena de Revisión mediante auto del 23 de noviembre de 2015, mediante el cual se ordenó a la EPS-S Savia Salud que autorizara la internación del señor Diego Antonio Zapata Arango en una unidad de salud mental conforme a lo prescrito por el médico tratante.
- TERCERO. ORDENAR a la EPS Savia Salud que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia autorice la internación en una unidad de salud mental del señor Diego Antonio Zapata Arango. Para tal efecto, antes del vencimiento de ese plazo, deberá remitir al paciente a valoración con el psiquiatra tratante con el objeto de que indique las condiciones en las que deberá prestarse este servicio de salud.
- CUARTO. ORDENAR a la EPS Savia Salud que cuando finalice el periodo de internación en la unidad de salud mental, acompañe a la familia del señor Diego Antonio Zapata del Rio brindando una asesoría para el manejo del paciente en el hogar.
- QUINTO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.