JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 6, 2018

T-370 de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Georgina Del Socorro Robayo Puentes Y Otra·Respondent Tribunal Administrativo Del Magdalena Y Otro

✓
Topic · hard data
Alcance Del Principio De Favorabilidad En Materia De Pension De Sobreviviente En Regimenes Exceptuados.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Regimen General Y Regimen Especial De Seguridad Social
  • Se aplica ley 100/93 cuando es más favorable para el beneficiario
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por no cumplir requisito de inmediatez en materia de pensión de sobrevivientes
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Derecho A La Pensión De Sobrevivientes
  • Orden a Secretaría de Educación reconocer pensión de sobrevivientes a accionante, conforme a la aplicación de los requisitos del régimen general de pensiones y al carácter vinculante del principio de favorabilidad
Pension De Sobrevivientes
  • Alcance del requisito de dependencia económica que deben acreditar los padres frente al fallecimiento de un hijo
  • Finalidad
  • Requisitos
  • Beneficiarios
10 topics · 15 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se atribuye la vulneración de derechos fundamentales a una providencia judicial y a un acto administrativo que resolvieron desfavorablemente el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes reclamado por los actores con fundamento en el principio de favorabilidad, en razón a que los regímenes pensionales exceptuados a los que pertenecen son más exigentes que el Régimen General de Seguridad Social, en lo que concierne al requisito de tiempo de servicios necesarios para causar la prestación.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Los requisitos de procedencia de la acción de tutela en materia de reconocimiento de pensiones. 2º.

Conceptualización y marco jurídico de la pensión de sobrevivientes. 3º.

El régimen general y los regímenes exceptuados de la Policía y del Magisterio y, 4º.

Alcance del principio de favorabilidad en materia pensional.

Jurisprudencia sobre regímenes exceptuados más exigentes.

En un caso se declara la improcedencia de la acción de tutela formulada y, en el otro, se concede el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. CONFIRMAR (T-6.698.342) la sentencia de tutela del 19 de diciembre de 2017, mediante la cual el Consejo de Estado -Seccion Segunda-Subseccion B- declaro improcedente la accion de tutela formulada por la ciudadana Georgina del Socorro Robayo Puentes contra el Tribunal Administrativo del Magdalena.
  2. Segundo. REVOCAR (T-6.720.050) el fallo de tutela de segunda instancia del 19 de enero de 2018, mediante el cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta -Sala Penal- declaro la carencia actual de objeto frente al amparo constitucional invocado en relacion con el derecho de peticion formulado por la ciudadana Carolina Cabrera Martinez, por haberse emitido un pronunciamiento de fondo frente a la solicitud de reconocimiento pensional, asi como la providencia de primera instancia del 9 de noviembre de 2017, por la cual el Juzgado 2o Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Santa Marta concedio exclusivamente el amparo del derecho de peticion invocado por la citada ciudadana frente al Departamento del Magdalena -Secretaria de Educacion Departamental, para, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la vida en condiciones dignas, al minimo vital y a la seguridad social de la citada senora Cabrera Martinez.
  3. Tercero. Como consecuencia de lo anterior, DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion 0576 del 31 de mayo de 2017 expedida por la Secretaria de Educacion del Departamento del Magdalena.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Secretaria de Educacion del Departamento del Magdalena que, en el termino de quince (15) dias, contado a partir de la notificacion de la presente providencia, profiera un nuevo acto administrativo en el que acceda la solicitud de reconocimiento de pension de sobrevivientes de la ciudadana Carolina Cabrera Martinez, atendiendo a lo expuesto en esta providencia en torno a la aplicacion de los requisitos del regimen general de pensiones, conforme al caracter vinculante del principio de favorabilidad.
  5. Dada la certeza del derecho que le asiste a la tutelante, y en atencion a su situacion de urgencia, en el mismo acto administrativo la entidad debera disponer el pago del retroactivo de las mesadas pensionales no prescritas causadas con anterioridad a la fecha de la solicitud de reconocimiento elevada por la accionante el 17 de enero de 2017, esto es, el valor correspondiente a los tres (3) anos anteriores al 17 de enero de 2017, asi como las mesadas pensionales causadas con posterioridad a esta fecha y hasta el momento en que se expida el acto administrativo de reconocimiento pensional senalado en el parrafo anterior.
  6. Quinto. PREVENIR a Fiduprevisora S.A. para que al momento de verificar los requisitos para el reconocimiento pensional de que se trata, acoja lo expuesto en esta sentencia en relacion con el principio de favorabilidad y la aplicacion del regimen general de seguridad social al caso de la pension de sobrevivientes de la causante docente Audrey de Jesus Cantillo Cabrera, hija de la tutelante Carolina Cabrera Martinez, sin que pueda improbar el acto administrativo remitido por la Secretaria de Educacion del Departamento del Magdalena o devolver las diligencias con base en las exigencias mas onerosas del regimen exceptuado del Magisterio.
  7. Sexto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 51cited by 9 →T-370/18C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005C-591/05 — Acto Legislativo Que Implemento El Sistema Penal Acusatorio. Modificaciones Que Introdujo En El Sistema Procesal Penal · cited 649 timesC-591/052005T-001/99 — Debido Proceso. Tutela Contra Sentencias. Via De Hecho. Principio De Favorabilidad Del Trabajador. Trabajador Despedido Con Fuero Sindical. · cited 348 timesT-001/991999SU.391/16 — Accion De Tutela Contra Las Actuaciones Del Presidente De La Republica Y El Congreso, Respecto A Equilibrio De Poderes. Improcedencia Por In · cited 271 timesSU.391/162016C-111/06 — Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido. Norma Que Exige A Padres Demostrar Dependencia Económica “total Y Absoluta” Respecto A Hijo De · cited 247 timesC-111/062006C-1094/03 — Ley 797 De 2003. Arts. 11 12 13 18 Y 19. Sistema General De Pensiones. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Especiales. Pension De Invalidez · cited 212 timesC-1094/032003T-190/93 — Sustitucion Pensional . Derechos De La Compañera Permanente. Negada · cited 199 timesT-190/931993T-035/21 — Derecho A La Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido, En El Regimen Pensional Del Magisterio · cited 19 timesT-035/212021T-167/22 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Defecto Factico En Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes Para Hermana · cited 10 timesT-167/222022T-501/19 — Colpensiones Vulnera Derechos Fundamentales Al Negar Sustitucion Pensional A Hijo En Condicion De Discapacidad, Al Exigir Formalidad No Prev · cited 8 timesT-501/192019T-234/22 — Derecho A Debido Proceso Administrativo En La Sustitución Pensional De Compañera Permanente-Orden A Ugpp De Completar La Investigación De Se · cited 5 timesT-234/222022T-195/23 — Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución Pensional O Pensión De Sobrevivientes- Improcedencia, No Satisface Los Requisitos De Sub · cited 4 timesT-195/232023T-427/22 — Seguridad Social En Pensiones-Devolución De Saldos En El Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad. · cited 4 timesT-427/222022T-080/22 — Derecho A La Reliquidacion De Indemnizacion Sustitutiva De Pension De Vejez. Procedencia Por Afectacion De Minimo Vital · cited 2 timesT-080/222022C-208/23 — Condenas A Entidades Públicas. Cumplimiento Del Pago O Devolución De Sumas De Dinero Se Hará En El Plazo Máximo De 10 Meses Desde La Ejecuto · cited 1 timesC-208/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.