T-358 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Clinica Ibague S.A.·Respondent Tribunal Administrativo Del Tolima Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Defecto sustantivo
- Causales generales de procedencia
- Procedencia excepcional
- Causales específicas de procedibilidad
- Requisitos sustanciales según Consejo de Estado
- Improcedencia por cuanto edicto en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contiene elementos necesarios para materializar su propósito según artículo 323 del CPC
- Niega nulidad de notificación por edicto por cuanto cumplió con el artículo 323 del Código de Procedimiento Civil
- Interpretación del Código Contencioso Administrativo y Código de Procedimiento Civil
- Elemento fundamental del derecho al debido proceso
- Principio de la administración de justicia
- Configuración
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
La clínica accionante fue demandada para que se le declarara administrativamente responsables por la muerte de un menor, ocurrida al interior de dicho centro hospitalario.
El juzgado fallador accedió a las pretensiones de la demanda y la condenó a la reparación.
Esta decisión judicial fue notificada por edicto y tras solicitar la nulidad de la sentencia por indebida notificación, se negó lo pedido aduciendo que el edicto sí cumplía con los requisitos previstos en la ley.
Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación y el tribunal que resolvió el asunto confirmó la decisión de declarar infundada la nulidad.
En sentir de la clínica accionante, los autos mediante los cuales fue negada la nulidad solicitada están incursos en una causal específica de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, por incurrir en un defecto sustantivo.
La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.
Procedencia excepcional y subsidiaria de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
Defecto sustantivo como causal específica de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y 3º.
La notificación como elemento fundamental del derecho al debido proceso.
Se confirman las decisiones de instancia que decidieron NEGAR POR IMPROCEDENTE el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido el diecisiete (17) de noviembre de 2011 por la Seccion Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante el cual confirmo la sentencia de primera instancia dictada por la Seccion Cuarta de esa misma entidad, el veintitres (23) de junio de 2011, mediante la cual decidio negar por improcedente el amparo en la accion de tutela instaurada por la Clinica Ibague S.A. contra el Tribunal Administrativo del Tolima y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Ibague.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.