T-323 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Luis Carlos Bahena Polo·Respondent Instituto De Seguros Sociales Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por el ISS, toda vez que estaba acreditada la necesidad del examen de diagnóstico y la incapacidad económica del actor para asumir el costo
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Reiteración de jurisprudencia sobre su procedencia
- Le compete el deber probatorio en aras de la protección de los derechos fundamentales sometidos a su conocimiento
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y a la seguridad social de afiliado en calidad de cotizante que padece de retinopatia diabetica y edema macular diabetico, por lo que su medico tratante le ordeno la practica de un examen de diagnostico que niega la entidad, sobre la base de su exclusion del plan obligatorio de salud. <br>solicita se ordene la autorizacion del examen prescrito.<br>proteccion del derecho constitucional fundamental a la salud por accion de tutela.
La proteccion del derecho a la salud incluye el derecho al diagnostico.
Especial deber probatorio que compete al juez de tutela en aras de la proteccion de los derechos fundamentales involucrados en los asuntos sometidos a su conocimiento.<br>cabe señalar que la existencia de una orden medica que prescriba la practica de un examen de diagnostico, constituye un indicio suficiente para entender acreditado el hecho de que la omision relativa a dicho procedimiento pone en peligro la salud del paciente, en cuanto este es requerido por el galeno encargado del tratamiento para definir, esclarecer o confirmar el diagnostico y asi mismo, para establecer las medidas que adoptara frente a la patologia que aqueja al paciente.
De esta forma, se considera innecesario el pronunciamiento que echa de menos el juez de instancia en relacion con la importancia de la prueba, pues de resultar esta intrascendente, es evidente que el medico no habria ordenado su practica.
Por otra parte, se advierte la incapacidad economica del paciente para sufragar, de su propio peculio, los gastos derivados del examen diagnostico prescrito.<br>concedida.
Recobro ante fosyga.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Riohacha y, en consecuencia, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la salud del señor Luis Carlos Bahena Polo.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, dentro de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, autorice y programe la práctica del examen de tomografía óptica coherente en ambos ojos al señor Luis Carlos Bahena Polo.
- Tercero. SEÑALAR que al Instituto de Seguros Sociales le asiste el derecho a reclamar ante el FOSYGA, por los valores pagados en exceso de sus obligaciones legales.
- Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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