T-188 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Cristian Felipe Hernandez Claro·Respondent Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educacion Superior Icfes
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Importancia del acceso y permanencia en el sistema educativo
- Responsabilidad del ICFES respecto a la educación y el debido proceso administrativo
- Carencia actual de objeto por hecho superado por cuanto la entidad demandada dejó sin vigencia el acto administrativo que impuso sanción a bachiller para acceder a la educación superior
- Caso en que se impone sanción de inhabilidad para presentar examen de estado por término de un año a estudiante que introdujo información inexacta al momento de inscribirse
- Improcedencia por carencia actual de objeto por hecho superado por cuanto entidad demandada dejo sin vigencia acto administrativo que impuso sanción a bachiller para acceder a la educación superior
- Procedencia excepcional
- Interpretación y alcance constitucional sobre el hecho superado y el daño consumado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Educación, igualdad, buen nombre.
El accionante comenta que siendo menor de edad el ICFES le impuso una inhabilidad para presentar el examen de estado, porque supuestamente cometió fraude al momento de suministrar sus datos ya que digitó de manera errónea su fecha de nacimiento, sin embargo no fue comunicado a tiempo ni por notificación personal del inicio de este trámite, vulnerando así su derecho de defensa y quedando en firme una sanción que lo inhabilito por un año para presentar exámenes de Estado.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia de la acción de tutela y la configuración de carencia actual de objeto, el derecho fundamental a la educación y la importancia del acceso y la permanencia en el sistema educativo, la responsabilidad del Icfes en relación con el derecho fundamental a la educación y el debido proceso, se declara la carencia actual de objeto por hecho superado, sin embargo se previene al ICFES, sobre la importancia de que las actuaciones administrativas en materia sancionatoria o de restricción del derecho fundamental a la educación, estén orientadas por los presupuestos dictados en la presente providencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto en el asunto de la referencia, por hecho superado.
- SEGUNDO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, el fallo proferido el 19 de octubre de 2009 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, que a su turno había revocado el dictado el 08 de septiembre del mismo año por el Juzgado Sétimo Civil del Circuito de la misma ciudad.
- TERCERO. PREVENIR al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes), que las actuaciones administrativas en materia sancionatoria o de restricción del derecho fundamental a la educación y conexos deberán estar orientadas por los presupuestos precisados en esta providencia, en especial por los del numeral
- sexto. (6) de la misma.
- CUARTO. INSTAR al Icfes para que ponga en marcha, dentro de su autonomía y órbita de competencias, un proceso de autorregulación en el que se adopten las medidas necesarias de carácter preventivo que contribuyan a evitar las conductas que dieron origen a la presente acción de tutela, tanto a nivel administrativo como técnico de los programas informáticos que sistematizan la información de los usuarios de la entidad.
- QUINTO. COMUNICAR el contenido de la presente providencia, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional al Ministerio de Educación Nacional.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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