T-905 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant H Y F En Representacion De Su Hija K·Respondent Sed, Iti Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber de prevenir y dar solución en acoso u hostigamiento escolar para la protección de los estudiantes
- Interpretación y alcance constitucional sobre el hecho superado y el daño consumado
- Orden al Ministerio de Educación en coordinación con el ICBF, Defensoría Del Pueblo y Procuraduría General, lidere política para la prevención, detección y atención de prácticas de hostigamiento, acoso o “matoneo es
- Caso en que estudiante fue retirada del Colegio donde fue víctima de acoso escolar o matoneo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Dignidad, educación.
La acción constitucional la interponen los padres de una alumna de bachillerato del colegio ITI, quien por sufrir acné y ser buena estudiante terminó siendo objeto de burlas y ataques verbales por parte de sus compañeros de clase, quienes además la constriñeron para que se retirara de la institución.
Los demandantes dieron a conocer la situación a las directivas del instituto, quienes informaron que el procedimiento a seguir era el contemplado en el manual de convivencia y de manera posterior convocaron una reunión con todas las partes involucradas en el caso, en la cual concluyeron que los acontecimientos configuraban una falta que generaba la inclusión de una anotación en el “observador del estudiante”.
Con la acción de tutela los demandantes buscan la protección de los derechos fundamentales de su hija, en cuanto los hechos soportados por la menor le han generado graves perturbaciones en su comportamiento y autoestima.
En sede de revisión la Sala conoció que los padres de la estudiante afectada decidieron cancelar su matrícula y cambiarla de colegio.
Se determina que hay una carencia actual de objeto por hecho consumado, pero a pesar de esta declaratoria, la Sala hace una referencia a la jurisprudencia de la Corporación respecto al tema de la protección de los niños dentro de los establecimientos educativos y ordena al Ministerio de Educación Nacional que, en coordinación con el ICBF, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, lidere la formulación de una política general que permita la prevención, detección y atención de las prácticas de hostigamiento, acoso o matoneo escolar, en donde la aplicación de tales instrumentos deberá tener como objetivo inmediato toda la comunidad académica del ITI, institución a quien le concede un plazo para modificar el manual de convivencia.
DAÑO CONSUMADO
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Municipal, el 17 de junio de dos mil once (2011), que negó por improcedente la acción de tutela interpuesta por H y F, a favor de su hija K. En su lugar, declarar que existió vulneración de los derechos fundamentales de K a la dignidad y a la educación, y que en la actualidad se estructuró una carencia actual de objeto por daño consumado, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. Ordenar Ministerio de Educación Nacional que en el término de seis meses contados a partir de la notificación de la presente providencia, en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, lidere la formulación de una política general que permita la prevención, la detección y la atención de las prácticas de hostigamiento, acoso o "matoneo escolar", de manera que sea coherente con los programas que se adelantan en la actualidad, con las competencias de las entidades territoriales y que constituya una herramienta básica para la actualización de todos los manuales de convivencia.
- La aplicación de tales instrumentos deberá tener como objetivo inmediato a las directivas, profesores, estudiantes y padres de familia del ITI. Conforme a lo dispuesto en este numeral, este establecimiento educativo tendrá un plazo no mayor a nueve meses para la modificación de su manual de convivencia, término durante el cual deberá definir y poner en marcha una estrategia provisional para reconocer la vulneración de derechos fundamentales en este caso y para implementar ejercicios de tolerancia y respeto.
- TERCERO. Ordenar al Juzgado de Primera Instancia, que en cumplimiento de sus competencias vigile el cumplimiento de esta decisión, actividad dentro de la cual deberá salvaguardar la intimidad de los actores y los demandados, manteniendo la reserva sobre el expediente, sin perjuicio de adelantar con las autoridades referidas en los numerales anteriores, las gestiones necesarias para dar cumplimiento a la presente sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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