T-011 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Nicolasa Arzuza Torres·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Colpensiones respondió el derecho de petición elevado por la accionante y reconoció el derecho a la sustitución pensional
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se interpone la acción de tutela en contra de Colpensiones, por omitir dar respuesta al derecho de petición formulado por la actora, mediante el cual solicitaba la sustitución pensional por la muerte de su compañero permanente.
En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento que la entidad accedió a las pretensiones de la accionante y expidió acto administrativo reconociendo su derecho a la pensión.
Se aborda el tema del concepto de la carencia actual de objeto por hecho superado y se reitera jurisprudencia sobre el derecho fundamental a la seguridad social y las sustituciones pensionales por muerte.
A pesar de confirmar la decisión de instancia que declaró la improcedencia de la acción de tutela, se previene a Colpensiones para que en lo sucesivo se abstenga de realizar las conductas que llevaron al no reconocimiento y pago de las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social Integral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. Por existir un hecho superado, CONFIRMAR la providencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Barranquilla, el 14 de abril de 2015.
- SEGUNDO. PREVENIR a Colpensiones, para que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar las conductas que llevaron al no reconocimiento y pago de las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social Integral, de conformidad con las razones esgrimidas en esta providencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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