JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 11, 2016

T-173 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Maria Del Transito Sanchez Cruz·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Derecho A La Pension De Vejez Y Obligacion De Pago De Cotizaciones.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Pension De Vejez
  • Obligación de pago de cotizaciones
Accion De Tutela Para El Reconocimiento Y Pago De Pension De Vejez
  • Colpensiones además de consignar información imprecisa en la historia laboral de la accionante, incumplió su obligación de brindar respuestas oportunas y completas
  • Orden a Colpensiones reconocer pensión de vejez
Derecho Al Habeas Data
  • Manejo de la información por parte de las administradoras de fondos de pensiones
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Deberes de las Administradoras de pensiones respecto de la información consignada en la historia laboral de sus afiliados
5 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales de la actora, una mujer de 75 años de edad, al omitir rectificar su historia laboral y, en consecuencia, negar el reconocimiento y pago de la pensión de vejez que estima tener derecho, al cumplir a cabalidad con los requisitos que, en su condición de beneficiaria del régimen de transición, la legislación laboral exige satisfacer.

Se realiza un análisis jurisprudencial a los siguientes temas: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela cuando existen mecanismos ordinarios de protección. 2º.

El derecho a la seguridad social, concepto, naturaleza y protección constitucional. 3º.

El derecho a la pensión de vejez y la obligación de pago de las cotizaciones y, 4º.

El derecho al habeas data y el manejo de la información por parte de las administradoras de fondos de pensiones.

Se CONCEDE el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo de instancia proferido, el veintisiete (27) de agosto de dos mil quince (2015), por el Juzgado
  2. Noveno. Civil del Circuito de Oralidad de Santiago de Cali, a través del cual se denegó el amparo ius-fundamental deprecado dentro del trámite de la acción de tutela interpuesta por la ciudadana María del Tránsito Sánchez Cruz en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y, en su lugar, reconocer la protección a los derechos fundamentales a la seguridad social, mínimo vital, hábeas data y vida en condiciones dignas que fue desconocido por la entidad accionada al omitir contabilizar las semanas que fueron efectivamente laboradas por la actora, pero que no han sido pagadas por su empleador.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), que, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a (i) actualizar la historia laboral de la señora María del Tránsito Sánchez Cruz, de forma que se contabilicen las cotizaciones correspondientes a los periodos34 que, a pesar de encontrarse en mora por parte de su empleador, fueron efectivamente laborados por la accionante; y, en consecuencia, (ii) dentro de ese mismo plazo de tiempo, proceda a expedir un acto administrativo mediante el cual reconozca y empiece a pagar la pensión de vejez de la ciudadana María del Tránsito Sánchez Cruz, sin exigir requisitos adicionales que no estén previstos en la Constitución o en la Ley. Adicionalmente, (iii) deberán reconocerse y pagarse las sumas adeudadas a la accionante por concepto de retroactivo, sin perjuicio de que se aplique el fenómeno de la prescripción trienal de que habla el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo para este tipo de emolumentos.
  4. TERCERO. Por Secretaría General de esta Corporación, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceLuis Ernesto Vargas Silva
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 31cited by 18 →T-173/16C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · cited 553 timesC-177/981998C-951/14 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental De Peticion · cited 200 timesC-951/142014C-748/11 — Proyecto De Ley Estatutaria De Habeas Data Y Proteccion De Datos Personales · cited 163 timesC-748/112011T-628/07 · cited 159 timesT-628/072007C-546/92 — Ley 38/89. Art 8 Final Y 16. Inembargabilidad Presupuestal. Pension De Vejez. Derecho A La Vida. Exequibles Arts 8 Una Expresion Y 16 · cited 159 timesC-546/921992T-079/16 — Deberes De Los Fondos De Pensiones Respecto Del Manejo De Informacion En Historias Laborales. Imposibilidad De Trasladar A Afiliados Conse · cited 123 timesT-079/162016T-063/13 · cited 118 timesT-063/132013C-575/92 — Ley 49/90. Art 68 Num 2 Y 3. Cajas De Compensacion Familiar. Subsidio De Vivienda. Exequibles. · cited 118 timesC-575/921992T-281/18 — Derecho A La Sustitucion Pensional Para Hijos De Crianza En Situacion De Discapacidad. · cited 24 timesT-281/182018T-502/17 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Con Disminucion Fisica. · cited 19 timesT-502/172017T-484/19 — Pension De Invalidez. Fecha De Estructuracion, Capacidad Laboral Residual. · cited 17 timesT-484/192019T-154/18 — Debido Proceso Administrativo En Materia Pensional. · cited 17 timesT-154/182018T-399/16 — Inoponibilidad De La Mora Del Empleador En El Pago De Aportes Para Pension De Vejez. · cited 17 timesT-399/162016T-024/22 — Derecho A La Pension De Invalidez-Trámites Administrativos No Pueden Obstaculizar El Reconocimiento Del Derecho A Quien Ya Ha Reunido Los Re · cited 11 timesT-024/222022T-101/17 — Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconocio Pension De Vejez. · cited 10 timesT-101/172017T-166/21 — Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez · cited 9 timesT-166/212021
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.