T-101 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Blanca Libia Vargas De Arias·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Manejo de la información por parte de las administradoras de fondos de pensiones
- Obligación de pago de cotizaciones
- Desarrollo legal, artículo 36 de la Ley 100 de 1993
- Se reconoció pensión de vejez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante pretende que el juez constitucional ampare sus derechos fundamentales y, en consecuencia, ordene a Colpensiones reconocer y pagar la pensión de vejez que reclamó, al tiempo que revoque el acto administrativo mediante el cual le concedió la indemnización sustitutiva.
La peticionaria aduce que la accionada no tuvo en cuenta varios períodos laborados, como tampoco realizó el seguimiento a los pagos que debía efectuar su empleadora.
En sede de revisión la Sala se enteró de que a la actora se le reconoció la prestación solicitada.
No obstante, se pronunció sobre la siguiente temática: 1º.
La importancia de la obligación de pago de cotizaciones para acceder al derecho de la pensión de vejez. 2º.
El régimen de transición pensional en la Ley 100 de 1993. 3º.
El derecho al habeas data y el manejo de la información por parte de las administradoras de fondos de pensiones.
Se declara la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO y se previene a la entidad para que en lo sucesivo se abstenga de realizar conductas que llevan a negar el justo reconocimiento y pago de prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social Integral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. por las razones y en los terminos de esta sentencia REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C., Sala Laboral, el 6 de septiembre de 2016, que confirmo la sentencia proferida en primera instancia por el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogota, D.C., el 2 de agosto del mismo ano, que declaro improcedente la accion de tutela, y en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, como consecuencia del reconocimiento sobreviniente de la pension de vejez a la ciudadana Blanca Libia Vargas de Arias por parte de Colpensiones.
- SEGUNDO. PREVENIR a Colpensiones, para que en lo sucesivo, se abstenga de realizar las conductas que lleven a negar el justo reconocimiento y pago de las prestaciones economicas del Sistema General de Seguridad Social Integral.
- TERCERO. Por Secretaria General de esta Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.