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Tutela ruling (T)March 23, 2018

T-106 de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Mercedes Jimenez De Macias·Respondent Uariv

✓
Topic · hard data
Carencia Actual De Objeto Por Fallecimiento De Accionante, Quien Reclamaba Indemnizacion Administrativa
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Familia De Crianza
  • Definición
  • Reconocimiento en la jurisprudencia
  • Vínculo de afecto, respeto, comprensión y protección
  • Protección constitucional
Familia
  • Igualdad de trato a sus diferentes formas de constitución
  • Núcleo fundamental de la sociedad
Victimas Del Conflicto Armado
  • Legitimación para reclamar indemnización administrativa
Actuacion Temeraria Y Cosa Juzgada En Materia De Tutela
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Configuración
  • Inexistencia para el caso
Carencia Actual De Objeto
  • Fallecimiento de accionante, quien reclamaba indemnización administrativa
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
  • Configuración y características
10 topics · 18 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La actora aduce que la UARIV vulneró sus derechos fundamentales al negarle el reconocimiento como beneficiaria y destinataria de la indemnización administrativa a la que tiene derecho por el homicidio de dos nietos, frente a los cuales actuó como madre de crianza.

Se aborda temática relacionada con: 1º.

La cosa juzgada constitucional en materia de tutela y la actuación temeraria. 2º.

La legitimación para reclamar la indemnización administrativa de las víctimas del conflicto armado. 3º.

La protección constitucional de las familias de crianza.

Teniendo en cuenta que en sede de revisión la accionante falleció, se declara la carencia actual de objeto.

No obstante, la Corte considera pertinente que en adelante la entidad deba: 1º.

Tener en cuenta los parámetros determinados por la jurisprudencia constitucional respecto a la igualdad de todas las formas de familia. 2º.

Fijar al interior de sus dependencias los mecanismos administrativos breves y sumarios que atiendan el derecho al debido proceso de los intervinientes, con el fin de identificar adecuadamente la legitimación o mejor derecho cuando se presenta reclamaciones respecto a la indemnización administrativa, especialmente por quienes manifiestan ser familia de crianza de las víctimas directas de los hechos.

También se le indica a la entidad que, verifique si frente a las circunstancias expuestas en su momento por la peticionaria, al progenitor de las víctimas le asisten o no el derecho a la indemnización administrativa por el hecho victimizante referido en el presente caso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 23 de junio de 2017, expedida en primera instancia por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo de Familia de Pitalito, mediante la cual se declaro la improcedencia de la accion de tutela por incumplimiento del principio de subsidiariedad y, la sentencia proferida el 11 de agosto de 2017, en segunda instancia, por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Neiva, que confirmo la sentencia de primer nivel, al apreciar que se configuraba el fenomeno de la cosa juzgada. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto, dado el fallecimiento de la senora Mercedes Jimenez de Macias.
  3. SEGUNDO. PREVENIR al Tribunal Administrativo de Neiva, sobre la existencia de la presente accion de tutela interpuesta por la senora Mercedes Jimenez de Macias contra la UARIV, para que estudie la posible configuracion de la temeridad y/o cosa juzgada constitucional, en la accion de tutela que conoce en segunda instancia, bajo el radicado 2017-00258.
  4. TERCERO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.