T-407A de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Asociacion De Productores Agropecuarios Emprendedores De La Altillanura·Respondent Agencia Nacional De Tierras
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por incumplimiento del requisito de subsidiariedad
- Procedimiento de regularización de predios previsto en la Ley 160 de 1994 y en el Acuerdo 349 de 2014
- Trámite de adjudicación directa, mediante procedimiento único con sus fases administrativa y judicial
- Dimensiones
- Prevalece la acción de tutela cuando lo que se busca es la protección directa de derechos constitucionales fundamentales
- Marco normativo
- Procedimiento administrativo de regularización de predios
- Procedimiento administrativo de regularización de predios objeto de extinción de dominio
- Se dio respuesta al derecho de petición durante el curso de la acción de tutela
- Jurisprudencia constitucional
- Vulneración al omitir la actuación administrativa para clarificar la propiedad rural
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Inexistencia para el caso
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Como antecedentes del caso se tiene que la asociación accionante afirmó que desde el año 2004 sus integrantes son ocupantes de tres predios ubicados en el municipio de Puerto López, que desde ese mismo año se profirió sentencia de extinción de dominio y, por tanto, se trata de bienes fiscales.
En el 2017 y mediante acto administrativo, la SAE asignó de manera definitiva y a título traslaticio de dominio los tres predios a la ANT, sin embargo, dicha entrega no ha sido materializada.
La tutelante promovió acción de cumplimiento pretendiendo la aplicación inmediata a lo dispuesto en los artículos 65 de la Ley 160 de 1994 y 2 y 26 del Decreto Ley 902 de 2017 y, en consecuencia, ordenar a la Agencia Nacional de Tierras adjudicar los terrenos ocupados, con fundamento en las disposiciones propias de formalización de terrenos baldíos.
El juzgado de instancia ordenó dar trámite de acción de tutela a la precitada acción de cumplimiento y, al resolver el caso negó el amparo invocado.
Se analiza temática relacionada con: 1º.
La adecuación de la acción de cumplimiento con el fin de darle trámite de acción de tutela. 2º.
Las figuras jurídicas de cosa juzgada constitucional y temeridad y; 3º.
El marco normativo y los procedimientos que se deben adelantar y agotar cuando se pretende la adjudicación de bienes fiscales rurales.
La Corte coincidió con el juez de instancia que decidió darle a la solicitud de cumplimiento el trámite propio de la acción de tutela, pues de la lectura de la acción formulada pudo inferirse que los accionantes reclamaban la protección de sus derechos constitucionales al debido proceso administrativo, al acceso progresivo a la tierra y de petición.
La Sala concluyó lo siguiente: 1º.
Con relación al derecho de petición se configuró una carencia actual de objeto por hecho superado; 2º.
La solicitud de amparo incumplió con el requisito de subsidiariedad respecto de la adjudicación directa de bienes fiscales patrimoniales rurales, sin el agotamiento de los procedimientos administrativos y judiciales establecidos para tal fin y, 3º.
El INCODER y la ANT vulneraron los derechos fundamentales de los accionantes al debido proceso administrativo y al acceso progresivo a las tierras al no darle el impulso requerido a las solicitudes de adjudicación presentadas por los accionantes y, por este motivo, concede el amparo en este sentido.
Se Exhorta a la SAE y a la ANT para que adelanten con mayor celeridad los procesos relacionados con el saneamiento y la adjudicación de bienes que han sido objeto de extinción de dominio.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia adoptada el 16 de diciembre de 2021 en primera instancia por el Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, que negó el amparo solicitado dentro de la acción de tutela formulada por la Asociación de Productores Agropecuarios Emprendedores de la Altillanura -ASPROAGROLLANOS- contra la Agencia Nacional de Tierras -ANT-. En su lugar, (i) declarar la carencia actual de objeto por hecho superado con relación a la vulneración del derecho de petición y (ii) declarar improcedente la referida acción de tutela respecto de la solicitud de adjudicación de los bienes fiscales patrimoniales ocupados, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta decisión.
- SEGUNDO. Amparar los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y al acceso progresivo a las tierras de la Asociación de Productores Agropecuarios Emprendedores de la Altillanura -ASPROAGROLLANOS-. En consecuencia, ordenar a la ANT que, en el término de tres (3) meses posteriores a la notificación de esta providencia, se reúnan con la asociación ASPROAGROLLANOS con el fin de ofrecer información suficiente, pertinente y necesaria a los accionantes sobre sus pretensiones y, luego de ello, impulsar los trámites correspondientes. Para ello, deberá atender los criterios dispuestos en el fundamento 106.
- TERCERO. Instar a la Defensoría del Pueblo para que, en el marco de sus funciones asesore a los accionantes en los diferentes trámites que deban adelantar.
- CUARTO. Exhortar a la SAE y a la ANT para que adelanten con mayor celeridad los procesos relacionados con el saneamiento y la adjudicación de bienes que han sido objeto de extinción de dominio.
- LÍBRESE por la Secretaría General de la Corte Constitucional la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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