T-140 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Jorge Amaris Diaz·Respondent Pasivo Social Puertos De Colombia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Entidad demandada vulnera debido proceso al suspender acto administrativo sin consentimiento y el cual goza de presunción de legalidad
- Vulneración por suspensión intempestiva de mesada pensional sin acreditar que la incorporación a nómina de pensionados fue irregular
- Caso en que la entidad demanda suspende mesada pensional al detectar el recibo simultáneo de pensión por parte del seguro social y la empresa Puertos de Colombia
- Por suspensión del pago de mesada pensional
- Alcance
- Consentimiento expreso y escrito del titular
- En consonancia con el artículo 128 de la Constitución Política
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social, trabajo, igualdad, mínimo vital, vida y dignidad humana.
Al actor la entidad accionada le suspendió el pago de su mesada pensional, por haber detectado que estaba recibiendo simultáneamente otra pensión por parte del ISS, solicita se ordene a la entidad accionada reactivar el pago de las mesadas pensionales, las cuales están retenidas desde mayo de 2009.
La Sala se pronuncia sobre, la revocatoria directa de acto administrativo en la jurisprudencia constitucional, la presunción de afectación del mínimo vital por la suspensión del pago de la mesada pensional, se encuentra que el actor es una persona de 81 años, el cual se ha visto afectado en su estabilidad económica y emocional ya que no puede estar a la espera de un fallo de un proceso ordinario, además durante 29 años disfrutó de su mesada pensional y el pago de esta fue suspendido de manera intempestiva, vulnerando sus derechos fundamentales, por lo tanto se ordena reanudar inmediatamente el pago de las mesadas pensionales.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y en su lugar, CONCEDER la acción de tutela interpuesta por el señor Jorge Amaris Díaz.
- SEGUNDO. ORDENAR al Consorcio FOPEP y al Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia del Ministerio de la Protección Social que en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, reanude el pago inmediato de las mesadas atrasadas del señor Jorge Amaris Díaz y de las que se causen hacia el futuro, hasta que se verifique el restablecimiento de su derecho. Si persisten dudas sobre la legalidad de la pensión, en el término de 5 días la accionada podrá iniciar el trámite a que haya lugar para hacer valer sus reparos, respetando el derecho de defensa del accionante.
- TERCERO. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.