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Tutela ruling (T)July 22, 2008

T-723 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Luz Mery Mazo Gómez·Respondent Secretaría De Educación Del Municipio De Bello, El Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y La Fiduciaria S.A.

✓
Topic · hard data
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra Decisiones Administrativas
  • Procedencia
  • Causales de procedibilidad
Acto Administrativo
  • Irrevocabilidad sin previa autorización del titular del derecho en atención a los principios de buena fe y seguridad jurídica
Revocatoria Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
  • Casos para la procedencia
  • Debe respetarse el derecho al debido proceso y el principio de buena fe
Debido Proceso
  • Revocatoria del acto propio por parte de la administración
Regimen Prestacional Del Sector Docente
  • Procedimiento para el reconocimiento
Revocatoria Directa De Acto Particular
  • Observancia de un procedimiento
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al debido proceso de beneficiaria de pensión sustitutiva en detrimento de quien la secretaría de educación accionada decidió revocar el acto administrativo a través del cual se había reconocido dicha prestación por considerar que su difunto esposo, al momento del fallecimiento, no ostentaba la calidad de docente.

Adicionalmente, se informó a la misma que contra tal decisión no procedía recurso alguno. <br>la fiduciaria accionada se opone al pago de la prestación porque las cotizaciones se efectuaron ante el iss, entidad a la que le correspondía autorizar su cancelación. <br>causales de procedibilidad de la acción de tutela contra decisiones de carácter administrativo. <br>el problema de la revocatoria del acto propio por parte de la administración.

En este sentido, se reconoció la proscripción general de la revocatoria directa del acto propio de la administración.

Por tanto, la administración no puede suspender la efectividad de una prestación sin que medie la actuación administrativa respectiva. <br>necesidad del consentimiento del acfectado para que la administración pueda revocar un acto administrativo que crea una situación particular y concreta. <br>procedimiento para el reconocimiento de las prestaciones sociales de los educadores sometidos al régimen de la ley 91 de 1989 <br>revisado el trámite efectuado por la secretaría accionada, se advierte que el procedimiento correspondiente no se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 2831 de 2005; La inobservancia de lo dispuesto al respecto en el artículo 73 del cca, que reclama la necesidad de consentimiento escrito y expreso por parte del titular del derecho, lo cual, sumado al hecho de que la accionante no incurrió en proceder doloso o fraudulento, hacía inviable la revocatoria del acto por parte de la adiministración.

Por ende, se ordenó a la alcaldia del municipio de bello, reiniciar el trámite de reconocimiento de la prensión de sobrevivientes a favor de la accionante. <br>concedida <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia REVOCAR PARCIALMENTE, la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin del dieciseis (16) de enero de 2008, dentro de la accion de tutela instaurada por Luz Mery Mazo Gomez contra la Secretaria de Educacion del Municipio de Bello y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio y la Fiduprevisora S.A.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Alcalde del Municipio de Bello -Antioquia-, que si aun no lo ha hecho, proceda dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, a reiniciar el tramite correspondiente al reconocimiento de la pension de sobreviviente solicitada por la senora Luz Mery Mazo Gomez. Para el efecto debera darse estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 91 de 1989, el Decreto 2831 de 2005 y demas normas legales vigentes aplicables al caso concreto.
  3. Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.