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Tutela ruling (T)December 12, 2002

T-1127 de 2002

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Rodrigo Escobar Gil

✓Claimant Benelibeth Lemos Gutierrez Vs. Ruben Aristizabal Y Otro

✓
Topic · hard data
Derecho A La Vida Y Seguridad Social. Solicitud Servicios Medicos Por Accidente De Trabajo. Mora En Pago Aportes A Salud Por Empleador. Estado De Subordinacion E Indefension. Contratistas Independientes. Responsabilidad Solidaria. Tutela Contra Particular
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Transitoria
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Empleador
  • Asunción de responsabilidad por mora en aportes en salud
Derecho A La Salud
  • Mora en pago de aportes patronales
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Mora en pago de aportes patronales
Sistema De Seguridad Social
  • Deber de afiliación por el empleador y consecuencias por el incumplimiento
6 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 8 de febrero de 2002 por el Juzgado
  2. Décimo. Laboral del Circuito de Cali. En su lugar, TUTELAR como mecanismo transitorio los derechos fundamentales a la vida, a la seguridad social y al acceso a los servicios de salud del señor Benelibeth Lemos Gutiérrez, hasta tanto la ordinaria resuelva de fondo la demanda interpuesta por el señor Benelibeth Lemos Gutiérrez contra los señores Marino Pérez Rodríguez, Rubén Aristizabal Jaramillo y la empresa ACUAVALLE S.A. E.S.P.
  3. Segundo. ORDENAR que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, y su aún no lo hubieren hecho, los señores Marino Pérez Rodríguez, Rubén Aristizabal Jaramillo y la empresa ACUAVALLE S.A. E.S.P. asuman por su cuenta y de manera total, todos los costos que genere la atención en salud del señor Benelibeth Lemos Gutiérrez, con ocasión del accidente sufrido el día 8 de febrero de 2001. La asunción de dichos costos en salud se entenderá como la atención médica, intervenciones quirúrgicas, terapias, tratamientos, consultas, medicamentos y todos los demás servicios médicos necesarios para el pleno restablecimiento del tutelante.
  4. Tercero. Para evitar que haya un desbordamiento en el cubrimiento médico que deba asumir el accionado con ocasión de la presente sentencia, la Sala considera pertinente, ORDENAR que el señor Benelibeth Lemos Gutiérrez, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, sea objeto de un examen médico, el cual deberá ser realizado por el Departamento de Medicina Legal de la ciudad Cali, a partir del cual se podrá determinar el nivel de cubrimiento médico que deberán asumir los señores Marino Pérez Gutiérrez, Rubén Aristizábal Jaramillo y la empresa ACUAVALLE S.A. E.S.P.. Con todo, el señor Benelibeth Lemos Gutiérrez dispondrá igualmente de un plazo máximo de dos (2) meses para que se practique el examen médico en las dependencias de Medicina Legal de la ciudad de Cali.
  5. En consecuencia, se deberá notificar de la orden aquí impartida al Director del Departamento de Medicina Legal de la ciudad de Cali, en el mismo término arriba señalado, para que colabore en la realización del examen exigido al señor Benelibeth Lemos Gutiérrez.
  6. Cuarto. ORDENAR a Saludcoop E.P.S., que igualmente, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, remita copia de la historia clínica del señor Benelibeth Lemos Gutiérrez al Departamento de Medicina Legal de Cali, a efectos de que la orden impartida a esta última, se pueda cumplir de manera completa y con criterio científico.
  7. Quinto. ORDENAR al Juzgado
  8. Décimo. Laboral del Circuito de Cali, verificar el estricto cumplimiento de las ordenes impartidas en la presente sentencia.
  9. Sexto. Por Secretaría, líbrese todas las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  10. Notifíquese,
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 19cited by 9 →T-1127/02C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · cited 553 timesC-177/981998T-290/93 — Regulacion De Visitas. Derechos Fundamentales De Los Niños. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida. · cited 273 timesT-290/931993SU.562/99 — Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empre · cited 259 timesSU.562/991999T-288/95 — Der. A La Igualdad. Proteccion De Los Disminuidos Fisicos. Reubicacion En El Estadio Pascual Guerrero. Concedida. · cited 228 timesT-288/951995T-172/97 — Tutela Contra Particulares. Der. A La Vivienda Digna. Indefension. Inexistencia De Subordinacion. Medio De Defensa Judicial. Negada. · cited 135 timesT-172/971997T-202/97 — Tutela Contra Particulares. Mora En Los Aportes Por Parte Del Patrono Al I.S.S. Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida Y Salud. Concedid · cited 112 timesT-202/971997T-072/97 — Vinculo Laboral. Prestacion Del Servicio Medico Por El I.S.S. Mora En Los Aportes. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Negada. · cited 85 timesT-072/971997T-363/98 — Der. A La Salud. Mora Patronal En El Pago De Aportes Pensionales. Pension De Invalidez. Cancer De Seno. Concedida. · cited 59 timesT-363/981998T-314/11 · cited 74 timesT-314/112011T-909/11 · cited 63 timesT-909/112011T-520/08 · cited 31 timesT-520/082008T-268/04 — Derecho A La Salud Y Seguridad Social De Menor De Edad. Solicitud Atencion Medica Integral. Mora Del Empleador En Pago De Aportes En Salud. · cited 30 timesT-268/042004T-461/15 — Estabilidad Laboral Reforzada A Trabajadores En Estado De Incapacidad, Discapacidad, Indefension O Vulnerabilidad. · cited 21 timesT-461/152015T-336/06 · cited 12 timesT-336/062006T-889/14 — Pago De Acreencias Laborales Con Prioridad A Mujeres Embarazadas Y Sujetos De Especial Proteccion En Empresa Contratista De Ecopetrol. · cited 8 timesT-889/142014T-145/24 — Derechos A La Seguridad Social, Mínimo Vital Y Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De · cited 3 timesT-145/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.