T-889 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Lizeth Paola Rueda Mejia·Respondent Home Care Hospital E.U. Y Ecopetrol S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Ecopetrol pagar acreencias laborales adeudadas con prioridad a mujeres embarazadas y sujetos de especial protección en empresa contratista
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional y ordinaria
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Accionante en cargo de jefe de enfermería solicita protección por terminación unilateral del contrato.
Temas a tratar: Principio de solidaridad en materia laboral, Responsabilidad solidaria entre contratista y beneficiario de obra o labor contratada, Fuero de maternidad de mujer como sujeto de especial protección constitucional, Efectos de las sentencias de tutela proferidas por la Corte Constitucional.
Inexistencia de responsabilidad solidaria por incumplimiento de requisitos.
Se ordena el pago de salarios y aportes a seguridad social en mora por el tiempo necesario que le permita a la accionante acceder a la licencia de maternidad y el pago por empresa contratista de acreencias laborales adeudadas a trabajadores que no hacen parte de la tutela pero participaron en la ejecución de contrato con fundamento en el efecto inter comunis de los fallos de tutela dando prioridad a la accionante y demás trabajadoras que al momento de terminación de la relación contractual con la empresa médica estaban en estado de gestación y otros trabajadores sujetos de especial protección constitucional.
Improcedencia de reintegro por cuanto empresa empleadora se encuentra en liquidación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo de segunda instancia proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, el cinco (05) de mayo de dos mil catorce (2014), que a su vez confirmo la providencia de primera instancia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga, el once (11) de marzo de dos mil catorce (2014), en la cual se amparo el derecho fundamental a la seguridad social de la accionante, Lizeth Paola Rueda Mejia, y de su hijo por nacer, en su proceso de tutela contra Home Care Hospital E.U y Ecopetrol S.A, y ordeno a la empresa contratista pagar los salarios debidos y los aportes a la seguridad social en mora y por el tiempo necesario que le permitiera a la accionante acceder posteriormente a la licencia de maternidad.
- Segundo. ORDENAR a Ecopetrol S.A. que en el termino de quince (15) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta sentencia, pague directamente a los trabajadores que participaron en la ejecucion del contrato MA-0020323, las acreencias laborales adeudadas, con los saldos que existan a favor de Home Care Hospital E.U. Para el cumplimiento de la orden, Ecopetrol S.A. debera dar prioridad en el pago los valores adeudados y los aportes a favor de la accionante y a las demas trabajadoras que momento de terminacion de la relacion contractual con la empresa medica, estaban en estado de gestacion; y luego, a otros trabajadores que tambien sean sujetos de especial proteccion constitucional.
- Tercero. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.