T-662 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Adriana María Guillén Arango
✓Claimant Naira Fernanda Macias Realpe·Respondent Empresa Temporal Vision Y Marketing Sas Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia
- Protección constitucional especial
- Orden de reintegrar, pagar salarios dejados de percibir, vincular al sistema de seguridad social y reconocer prestaciones sociales a que tiene derecho
- No puede recaer sobre derechos ciertos e indiscutibles
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante celebró un contrato de trabajo por labor realizada con la empresa temporal Visión y Marketing S.A.S. y fue enviada a desempeñar las labores en la empresa Mattel de Colombia.
Dentro del mes siguiente le fue indicado que tenía seis semanas de embarazo y de manera inmediata informó tal situación a su jefe, a quien le hizo entrega de la correspondiente prueba de gravidez.
La empleadora no recibió el certificado y le informó que por no haber radicado dicho documento en la entidad quedaba despedida.
Igualmente, la obligó a firmar una carta de renuncia, so pretexto de continuar pagando el servicio de salud en la E.P.S. en la cual se encontraba afiliada.
La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.
Garantía constitucional de la estabilidad laboral reforzada respecto de las mujeres en estado de embarazo en los contratos pactados por duración de la obra y, 2º.
La transacción en materia laboral sobre derechos ciertos e indiscutibles.
Se concluye que: 1º.
La accionada vulneró derechos fundamentales al celebrar el contrato de transacción con la actora, sin solicitar el permiso de la autoridad de trabajo, a pesar de encontrarse ésta amparada por el fuero de maternidad por estar en estado de gravidez. 2º.
La empresa no respetó las garantías constitucionales del derecho a la estabilidad laboral reforzada de las cuales era titular la accionante. 3º.
El hecho de tratarse de un contrato por duración de la obra o labor contratada no exime al empleador de otorgar la garantía del reintegro cuando subsisten las causas que le dieron origen al contrato.
Se CONCEDE la protección de los derechos a la estabilidad laboral reforzada por maternidad y a la no discriminación en razón del embarazo.
Se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el dia veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012), por el Juzgado Veintisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, que denego la solicitud de amparo interpuesta por el Defensor del Pueblo en procura de los derechos de la senora Naira Fernanda Macias Realpe, y en su lugar CONCEDER la tutela que solicita la proteccion de los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada por maternidad y a la no discriminacion en razon del embarazo.
- Segundo. ORDENAR a la sociedad Vision y Marketing S.A.S que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, vincule y reintegre a la senora Naira Fernanda Macias Realpe, a un cargo que ofrezca condiciones iguales o mejores a las que desempenaba hasta el momento de su desvinculacion.
- Tercero. ORDENAR a las sociedades Vision y Marketing S.A.S y Mattel de Colombia, que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de notificacion de esta providencia, paguen a la senora Naira Fernanda Macias Realpe de forma solidaria, los salarios dejados de percibir entre la fecha de suscripcion del acta citada (quince (15) de febrero de 2012) y la fecha de notificacion de esta decision, asi como la indemnizacion prevista en el inciso 3o del articulo 239 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- Cuarto. ORDENAR a la sociedad Vision y Marketing S.A.S, que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de notificacion de esta providencia, vincule, en caso de que no lo este, a la senora Naira Fernanda Macias Realpe, al Sistema General de Seguridad Social.
- Quinto. ORDENAR a la sociedad Vision y Marketing S.A.S y Mattel de Colombia, que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de notificacion de esta providencia, le reconozca de forma solidaria a la senora Naira Fernanda Macias Realpe, todas las prestaciones sociales a que tiene derecho de acuerdo con la legislacion laboral colombiana vigente.
- Sexto. REMITIR, a traves de la Secretaria de la Corporacion, copia del presente fallo al Inspector del Trabajo con sede en Bogota, para que sea garante y vele por el real cumplimiento de lo dispuesto en el y, de ser necesario, coadyuve en el tramite de los incidentes correspondientes ante eventuales desacatos.
- Septimo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.