T-120 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Jose G. Ibagon Morales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Omisión de afiliación de trabajador y familiares por empleador
- Omisión de afiliación al servicio de salud de trabajador y familiares por empleador
- Deber de afiliación por el empleador y consecuencias por el incumplimiento
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. En cuanto negaron la tutela para obtener el pago de cuotas de seguridad social dejadas de cancelar por el patrono, lo que debe resolverse por la jurisdicción ordinaria, CONFIRMANSE los fallos proferidos en el asunto de la referencia por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito y por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá los días 22 de julio y 30 de septiembre de 1998, respectivamente.
- Segundo. ADICIONANSE los aludidos fallos, en el sentido de CONCEDER la tutela únicamente en lo relativo a la omisión del patrono sobre afiliación de su trabajador al sistema de seguridad social.
- En consecuencia, ORDENASE al representante legal de la Sociedad "FANARRAD LTDA", domiciliada en Santa Fe de Bogotá, D.C., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este Fallo, si ya no lo hubiere hecho, afilie a su trabajador, JOSE GREGORIO IBAGON MORALES, a una entidad de seguridad social, y que mientras se cumplen los trámites correspondientes y principia la efectiva prestación de los servicios, ASUMA de manera total, de su propio peculio, todas las contingencias de salud del trabajador mencionado y de su familia.
- El desacato a lo aquí previsto será sancionado en los términos del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.