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Tutela ruling (T)November 4, 2004

T-1095 de 2004

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant Bacilia Segunda Johnson Castro Vs. Tribunal Superior De Santa Marta

✓
Topic · hard data
Derecho Al Minimo Vital De Mujer Invalida Que Carece De Recursos Propios Para Vivir Dignamente Y De Familia Quie La Apoye En Su Cuidado A Quien En Proceso Laboral Se Habia Ordenado El Reconocimiento De Pension Sustitutiva A Su Favor Y El Tribunal Revoco E
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Persona Con Discapacidad
  • Sujeto de especial protección constitucional
Personas En Situación De Discapacidad
  • Sujetos de especial protección constitucional
Persona Invidente Como Sujeto De Especial Proteccion
  • En situación extrema de vulnerabilidad
Via De Hecho Por Defecto Factico
  • Eventos en que se presentan
  • Procedencia de la acción de tutela
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de 15 de junio de 2004, proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que denegó la tutela del derecho al debido proceso de Bacilia Segunda Johnson Castro, pero por las razones expuestas en esta sentencia. No obstante, se concede el amparo de su derecho al mínimo vital, para lo cual se impartirán las órdenes siguientes.
  2. Segundo. Se SOLICITA al Personero Municipal de Santa Marta que dentro de los 8 días siguientes a la notificación de la presente sentencia, oriente a la accionante sobre los programas existentes en el municipio de Santa Marta para la protección y cuidado del mayor adulto discapacitado y la acompañe en todos los trámites conducentes a obtener el acceso efectivo a dichos programas.
  3. Tercero. Se SOLICITA a la Secretaría de Salud de la Alcaldía de Santa Marta, que dentro de los 8 días siguientes a la notificación de la presente sentencia adelante y culmine todos los trámites necesarios para que la accionante sea encuestada e incluida en el SISBEN, en caso de no encontrarse inscrita en él, y en caso de estarlo, para que se revise su clasificación y sea tenida en cuenta su situación actual.
  4. Cuarto. Se SOLICITA a la Alcaldía de Santa Marta que dentro de los 8 días siguientes a la notificación de la presente sentencia provea la información que sea necesaria y adelante los trámites exigidos para que la actora ingrese, si ese es su deseo, a alguno de los programas de rehabilitación y a los servicios de apoyo para adultos mayores discapacitados existentes en el municipio.
  5. Quinto. Se SOLICITA a la Alcaldía de Santa Marta que dentro de los 8 días siguientes a la notificación de la presente sentencia, adelante y culmine todos los trámites necesarios para que la actora ingrese al programa de subsidios de subsistencia para personas de la tercera edad o discapacitados en situación de indigencia o extrema pobreza, de conformidad con lo que establece el Decreto 569 de 2004, y reciba el subsidio previsto en dicho programa.
  6. Sexto. Se EXHORTA a la Defensoría Regional del Magdalena a que identifique los vacíos de los programas de protección locales para la atención y cuidado de adultos mayores en situación de pobreza extrema e incapacitados y proponga a la Alcaldía de Santa Marta alternativas de solución.
  7. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.