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Tutela ruling (T)February 8, 2008

T-103 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Córdoba Triviño

✓Claimant Maria Doris Benavides Valencia·Respondent Instituto De Seguros Sociales I.S.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Procedencia por cuanto se cumplen los requisitos para el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez
  • Aplicación del artículo 39 de la ley 100 de 1993
Pension De Invalidez
  • Se negó su reconocimiento por no reunir el requisito de fidelidad al sistema de pensiones
  • Caso en que el ISS negó el reconocimiento con base en la modificación que hizo la Ley 860/03
  • Requisitos para reconocimiento y pago y cambio introducido por Ley 860/03
  • Reconocimiento con base en régimen consagrado en artículo 39 de Ley 100/93
Pension De Invalidez Y Requisito De Fidelidad
  • Caso en que demandante cumple con los requisitos del régimen anterior
  • Caso en que la estructuración de la invalidez y el cambio normativo se produjo con una proximidad cierta de un día
  • No sólo por la negativa de la pensión en aplicación de la Ley 860/03 puede entenderse que la actuación del ISS resulta arbitraria o desproporcionada
Ley 860/03
  • Impone mayores exigencias para acceder a pensión de invalidez
  • Regulación regresiva en materia de pensión de invalidez
Pension De Invalidez De Persona Diabetica
  • Caso en que padece neuropatía diabética y pérdida de capacidad laboral del 53%
Pensión De Invalidez
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
7 topics · 14 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al minimo vital de persona que solicito el reconocimiento de la pension de invalidez que fue negada por la entidad al no cumplir con los requisitos exigidos en la ley 860 de 2003, como quiera que la fecha de estructuracion de la enfermedad fue del 27 de diciembre de 2003, es decir, 1 dia despues de la entrada en vigencia de la ley 860 de 2003.<br>solicita el reconocimiento y pago de la pension de invalidez.<br>reconocimiento y pago de pensiones.

Postulados procedimentales para su procedibilidad.

Requisitos para el reconocimiento y pago de la pension de invalidez y el cambio normativo introducido por la ley 860 de 2003.<br>esta corporacion encuentra que frente al caso concreto la aplicación de la ley 860 de 2003 resulta desproporcionada y contraria al principio de progresividad de los derechos sociales.

Adicionalmente, se tienen por cumplidos tanto el criterio de proximidad temporal entre el momento de estructuracion de la invalidez y el cambio normativo como los requisitos establecidos originalmente en la ley 100 de 1993, por lo que se impone el amparo tutelar teniendo en cuenta además que opera la presuncion de afectacion al minimo vital y se trata de una persona de la tercera edad. <br>concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR los fallos del Juzgado Once Penal del Circuito de Cali con fecha del 31 de julio de 2007 y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decisión Penal del 21 de septiembre de 2007 y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental al mínimo vital de la accionante María Doris Benavides Valencia.
  2. Segundo. ORDENAR al representante legal del Instituto de Seguros Sociales de la Seccional Valle del Cauca para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de la presente decisión, dé aplicación al artículo 39 de la Ley 100 de 1993 en su versión original y proceda a tramitar el reconocimiento de la pensión de invalidez por riesgo común a favor de la accionante María Doris Benavides Valencia, desde la fecha en que la accionante solicitó su reconocimiento; norma cuyo tenor literal es el siguiente:
  3. "Requisitos para obtener la Pensión de Invalidez. Tendrán derecho a la pensión de invalidez, los afiliados que conforme a lo dispuesto en el artículo anterior sean declarados inválidos y cumplan alguno de los siguientes requisitos:
  4. a) Que el afiliado se encuentre cotizando al régimen y hubiere cotizado por lo menos 26 semanas, al momento de producirse el estado de invalidez;
  5. b) Que habiendo dejado de cotizar al sistema, hubiere efectuado aportes durante por lo menos 26 semanas del año inmediatamente anterior al momento en que se produzca el estado de invalidez.
  6. PARAGRAFO. Para efectos del cómputo de las semanas a que se refiere el presente artículo se tendrá en cuenta lo dispuesto en los parágrafos del artículo 33 de la presente Ley."
  7. Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.