T-717 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Viviana Andrea Perez Zamudio·Respondent Fondo De Pensiones Y Cesantias Porvenir S.A
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión de invalidez, aplicando el artículo 1° de la Ley 860 de 2003 de acuerdo con la declaratoria de inexequibilidad prevista en la Sentencia C-42
- Procedencia excepcional
- Vulneración por Fondo de Pensiones al exigirle a la accionante el requisito adicional de fidelidad al sistema que ahora se encuentra excluido del ordenamiento jurídico
- Evolución de los requisitos
- Inaplicabilidad e inconstitucionalidad en el sistema pensional, consagrado en el numeral 2° del artículo 1° de la ley 860 de 2003, por desconocimiento del principio de progresividad
- Carácter vinculante
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora, quien tiene una pérdida de la capacidad laboral del 69.10%, considera que el Fondo de Pensiones demandado vulneró sus derechos fundamentales al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez que reclamó, aduciendo la falta del requisito de fidelidad al Sistema General de Pensiones contemplado en el artículo 1º de la Ley 860 de 2003.
Se analizan los siguientes ejes temáticos. 1º.
La acción de tutela y el principio de inmediatez. 2º.
La procedencia de esta acción constitucional para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez de personas que padecen una enfermedad de carácter degenerativo. 3º.
La pensión de invalidez como parte integral del derecho a la seguridad social y como materialización real y efectiva de los principios de igualdad y solidaridad. 4º.
Los requisitos necesarios contenidos en la legislación para acceder a la mencionada prestación y, 5º.
La inaplicación e inconstitucionalidad del requisito de fidelidad al sistema pensional por desconocimiento del principio de progresividad.
Se CONCEDE.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida el 1o de agosto de 2016, por el Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Civil del Circuito de Bogota D.C., que a su vez confirmo la dictada por el Juzgado Veintidos (22) Civil Municipal de la misma ciudad de 16 de junio del mismo ano. En su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital, seguridad social y vida digna de la senora Viviana Andrea Perez Zamudio.
- Segundo. ORDENAR al representante legal del Fondo de Pensiones y Cesantias Porvenir S.A., o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia reconozca y ordene el pago de la pension de invalidez a la actora, aplicando el articulo 1deg de la Ley 860 de 2003 de acuerdo con la declaratoria de inexequibilidad prevista en la Sentencia C- 426 de 2009.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.