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Tutela ruling (T)March 5, 2015

T-092 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Julian Armando Miranda Gutierrez·Respondent Registraduria Nacional Del Estado Civil

✓
Topic · hard data
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Caso en que al accionante le tocó pagar para obtener su documento de identidad desconociéndose por parte de la Registraduría y del DNP su condición de sujeto de especial protección por ser habitante de la calle
Exenciones Al Cobro Para Obtener Documento De Identidad
  • Orden a Registraduría Nacional devolver dinero pagado por concepto de la expedición de un duplicado de cédula de ciudadanía a habitante de calle
Expedicion De Cedula De Ciudadania De Los Habitantes De La Calle
  • Trámites que debe efectuar un habitante de la calle para lograr la expedición gratuita de un duplicado de su cédula de ciudadanía
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Derecho A La Salud De Habitantes De Calle
  • Exhortar al DNP consagrar métodos de inclusión de la población habitante de la calle en el sistema de información de potenciales beneficiarios de programas sociales, Sisbén a nivel nacional
  • Orden al DPN generar directrices que permitan a todas las entidades a nivel nacional o local encargadas de programas sociales, incluir a la población habitante de la calle y/o vulnerable en el Sisbén
  • Línea jurisprudencial
Habitantes De La Calle
  • Jurisprudencia constitucional
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante promovió la acción de tutela en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil, al considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la personalidad jurídica, a la igualdad y a no ser discriminado, en tanto le negó la expedición gratuita del duplicado de su cédula de ciudadanía, por no aparecer registrado en el Sisbén.

Solicitó, que se ordene a la Registraduría dar validez a los listados censales de los habitantes de la calle elaborados por la Secretaría Distrital de Integración Social, como registros del Sisbén en el nivel cero (0); así mismo, que se extiendan los beneficios del régimen subsidiado a las personas inscritas en estos listados y se les otorgue la cédula de ciudadanía y la contraseña provisional, de manera gratuita.

Se aborda el análisis de los siguientes temas: 1º.

La condición de sujetos de especial protección constitucional de los habitantes de la calle. 2º.

El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y la cédula de ciudadanía para este grupo poblacional y, 3º.

Los trámites que debe efectuar un habitante de la calle para lograr la expedición gratuita de un duplicado de su cédula de ciudadanía.

Pese a declarar la carencia actual de objeto por daño consumado, la Sala consideró que subsisten asuntos frente a los cuales era necesario emitir diferentes órdenes, como la dirigida a la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que, mientras el Departamento Nacional de Planeación efectúa las gestiones para la inclusión de la población habitante de la calle en el Sisbén, interprete que dentro de la expresión “nivel 0 (cero)” consagrada en el literal e) del artículo 5º de la Ley 1163 de 2007, están incluidos todos los habitantes de la calle que soliciten la expedición gratuita de un duplicado de cédula de ciudadanía a nivel nacional, en concordancia con el literal g) de la misma norma y la Resolución 6303 de 2008, expedida por dicha entidad.

Igualmente, se exhorta al Departamento Nacional de Planeación, para que, en el curso del proceso de implementación de la política pública en torno a la población habitante de la calle, ordenada por el artículo 13 de la Ley 1641 de 2013, consagre métodos de inclusión de ese grupo poblacional en el sistema de información de potenciales beneficiarios de programas sociales – Sisbén -, a nivel nacional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. PRIMERO. LEVANTAR los terminos de suspension decretados por esta Sala de Revision, mediante auto del 16 de febrero de 2015.
  2. SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido el 2 de julio de 2014, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que habia negado la accion de tutela promovida por Julian Armando Miranda Gutierrez, y en su lugar declarar la carencia actual de objeto por dano consumado aunque, de acuerdo a la parte motiva de esta providencia, subsisten asuntos sobre los cuales es necesario emitir ordenes.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Registraduria Nacional del Estado Civil, por medio de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino de (48) cuarenta y ocho horas siguientes al recibo de la notificacion de este fallo, inicie las acciones pertinentes para devolver el dinero pagado por el senor Julian Armando Miranda Gutierrez, por concepto de la expedicion de un duplicado de su cedula de ciudadania. Una vez se realicen las referidas acciones, el dinero debera estar disponible para que el actor lo reclame en la Registraduria Auxiliar de Santafe, en el Distrito Capital.
  4. CUARTO. Para hacer efectiva la devolucion del dinero dispuesta en el numeral anterior, SOLICITAR a la Secretaria Distrital de Integracion Social de Bogota, a la Secretaria Distrital de Salud de Bogota y/o a la Personeria Distrital de Bogota que si tienen alguna informacion o contacto con el habitante de la calle Julian Armando Miranda Gutierrez, le informen sobre lo dispuesto en este fallo, para que si el asi lo dispone reclame el dinero en la Registraduria Auxiliar de Santafe, en el Distrito Capital.
  5. QUINTO. ORDENAR a la Registraduria Nacional del Estado Civil, por medio de su representante legal o quien haga sus veces que, mientras el Departamento Nacional de Planeacion efectua las gestiones para la inclusion de la poblacion habitante de la calle en el Sisben, interprete que dentro de la expresion "nivel o (cero)", consagrada en el literal e) del articulo 5o de la Ley 1163 de 2007, estan incluidos todos los habitantes de lacalle que soliciten la expedicion gratuita de un duplicado de su cedula de ciudadania a nivel nacional, en concordancia con el literal g) de la misma norma y la Resolucion 6303 de 2008, expedida por la Registraduria.
  6. SEXTO. ORDENAR al Departamento Nacional de Planeacion, por medio de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino de (1) un mes siguiente al recibo de la notificacion de este fallo, genere directrices que permitan a todas las entidades a nivel nacional o local encargadas de programas sociales, incluir a la poblacion habitante de la calle y/o vulnerable en el Sistema de Identificacion de Potenciales Beneficiarios, - Sisben -, de manera tal que las normas que atiendan a la logica de "niveles del Sisben", y en especial que estipulen el "nivel 0 (cero) del Sisben", puedan ser interpretadas a favor de esta poblacion, a fin de que las mismas no resulten incongruentes con la metodologia del Sisben III, que atiene a puntajes.
  7. SEPTIMO. EXHORTAR al Departamento Nacional de Planeacion, por medio de su representante legal o quien haga sus veces, para que, en el curso del proceso de implementacion de la politica publica en torno a la poblacion habitante de la calle, ordenada por el articulo 13 de la Ley 1641 de 2013, consagre metodos de inclusion de ese grupo poblacional en el sistema de informacion de potenciales beneficiarios de programas sociales, Sisben a nivel nacional.
  8. OCTAVO. Por Secretaria, LIBRAR la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 37cited by 15 →T-092/15T-426/92 — Derecho De Peticion. Derecho A La Seguridad Social. Derechos De Las Personas De La Tercera Edad.Concedida Parcialmente. · cited 641 timesT-426/921992C-109/95 — Ley 75/68. Art. 3 Parcial. Der. A La Reclamacion De La Verdadera Filiacion. Presuncion De Paternidad. Exequible. · cited 241 timesC-109/951995SU.667/98 — Debido Proceso. Libertad De Expresion. Autonomia Universitaria. Reintegro De Catedratico A La Universidad De Medellin. Concedida. · cited 203 timesSU.667/981998T-533/92 — Derechos De Los Indigentes. Proteccion. Asistencia Publica. Solidaridad Social. Concedida. · cited 114 timesT-533/921992T-149/02 — Derecho A La Informacion Debido Proceso Administrativo Vida Y Seguridad Social De Adulto Discapacitado. Programas Sociales De La Administrac · cited 82 timesT-149/022002C-511/99 — Dec. 2241/86. Art. 65 Parcial. Codigo Electoral. Costo De Las Renovaciones De Cedulas De Ciudadania. Inexequible. · cited 69 timesC-511/991999T-436/03 — Derecho A La Salud Y Vida De Persona Indigente Con Vih. "habitante De La Calle". Solicitud Asistencia Medica. Vinculacion Regimen Subsudiado · cited 63 timesT-436/032003T-594/93 — Cambio De Nombre. Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Derecho A La Expresion De La Individualidad. Concedida. · cited 53 timesT-594/931993C-312/17 — Habitantes De La Calle. Atención En Centros Especiales Para Personas Con Adicción A Los Psicotrópicos. · cited 40 timesC-312/172017C-293/20 — Creación Del Impuesto Solidario Por El Covid19, Sobre Salarios O Contratos De Prestación De Servicios De 10 Millones O Más, A Cargo De Los · cited 24 timesC-293/202020C-116/21 — Homenaje A Veteranos De La Fuerza Pública. Honores En Medios De Comunicación Masiva. Preservación Y Difusión De La Memoria Histórica · cited 17 timesC-116/212021T-343/16 — Derechos Laborales De Las Empleadas Y Empleados Del Servicio Domestico. · cited 16 timesT-343/162016T-398/19 — Ausencia De Una Politica Publica En Manejo De Higiene Menstrual Para Mujeres Habitantes De Calle, Implica Un Desconocimiento De Las Obligaci · cited 14 timesT-398/192019T-196/17 — Derecho De Peticion De Poblacion Desplazada, · cited 12 timesT-196/172017T-063/16 — Tramite De Cancelación De Cupo Numerico Por Existir Doble Cedulacion. Importancia De La Cedula De Ciudadania Para Ejercicio Del Derecho A La · cited 12 timesT-063/162016T-195/16 — Derecho A La Salud De Ex Soldado. Obligacion De Las Fuerzas Militares Respecto A Lesiones O Afecciones Adquiridas Durante O Con Ocasiòn De · cited 11 timesT-195/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.