T-436 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Roberto Carlos Carreño Vargas Vs. Sisben Bucaramanga Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental por conexidad con la vida
- Medidas especiales por ser habitante de la calle
- Protección
- Protección
- Atención por enfermedad catastrófica
- Participantes vinculados
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 30 de septiembre de 2002, por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Bucaramanga. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud y a la vida del senor Roberto Carlos Carreno Vargas.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaria de Salud Departamental, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, comunique esta decision al Hospital Ramon Gonzalez Valencia de la ciudad de Bucaramanga, asi como a las Secretarias de Salud de los diferentes municipios del Departamento y a todas aquellas instituciones privadas que tengan contrato con el Estado para la prestacion de servicios medicos con cargo de los recursos a la oferta, para que presten la asistencia que requiera el senor Roberto Carlos Carreno Vargas en el momento en que este lo solicite.
- De igual forma y en colaboracion con la Policia Nacional, debera realizar visitas periodicas a aquellas zonas de la ciudad de Bucaramanga donde de manera permanente se constate la presencia de personas indigentes a fin de localizar al senor Carreno Vargas. Estas visitas deberan realizarse con una periodicidad de quince (15) dias, y durante un termino maximo de cuatro (4) meses, a menos que el tutelante sea localizado con antelacion.
- Si resultare infructuosa la busqueda, de todas maneras la Secretaria de Salud del Departamento de Santander y el Hospital Ramon Gonzalez Valencia deberan estar atentos a prestar de manera oportuna la atencion medica que requiera el actor, sin importar en que momento este solicite sus servicios.
- De la misma manera, y sin importar el momento en que el accionante se entere de esta providencia, la Oficina de Trabajo Social del Hospital Ramon Gonzalez Valencia o la misma Secretaria de Salud del Departamento, informaran al actor que debera acudir a alguno de los diferentes hogares de paso, albergues o resguardos de indigentes que funcionen en la ciudad de Bucaramanga, a fin de que ellos puedan certificar su condicion de indigencia en cumplimiento del articulo 9deg del Acuerdo 077 de 1997 proferido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y sea posible su futura vinculacion al regimen de salud subsidiado.
- Tercero. Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso
- segundo. del numeral anterior, se ordenara comunicar y enviar copia de esta sentencia a la Policia Nacional, quien prestara de manera adecuada la colaboracion solicitada.
- Cuarto. DELEGAR en el juez de conocimiento y en el Defensor del Pueblo, la verificacion en el cumplimiento pleno de esta sentencia y de las ordenes impartidas en la misma.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.