T-843 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Fanny Muñoz De Ordóñez Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- En caso de tratamientos excluidos del POS-S surgen dos opciones de protección constitucional
- Estado de salud de persona de la tercera edad es prueba suficiente para justificarla
- Casos en que se desconoce cuando la persona requiere servicio médico no incluido en el POS
- Obligación de garantizar efectiva prestación de servicio médico o tratamiento requerido excluidos del POS
- Obligación de suministrar medicamentos excluidos del POS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud en conexidad con la vida y la integridad personal de afiliada por la negativa de la entidad de suministrar medicamento no pos formulado por el medico tratante.
Solicita se ordene el suministro del medicamento formulado.
Agencia oficiosa.
Eventos en que se desconoce el derecho a la salud en conexidad con los dferechos a la vida y a la integridad de una persona que requiere un servicio no incluido en el pos.
No es de recibo el argumento esgrimido por la accionada cuando afirma que no se le han suministrado los medicamentos porque la autorización se encuentra vencida desde octubre de 2004 y que el comité técnico científico aprobó el medicamento sólo por tres meses.
Lo anterior hace referencia a un trámite interno de la e.p.s.
Y no debe afectar a la accionante.
Accion de repetición contra fosyga.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayán que negó la tutela del derecho a la salud, en conexidad con el derecho a la vida, de Toribia Bolaños de Muñoz.
- Segundo. Tutelar el derecho a la salud en conexidad con el derecho a la integridad personal de Toribia Bolañoz de Muñoz. En consecuencia ordenar al Seguro Social E.P.S. que si aún no lo ha hecho, en el término de 48 contados a parir de la notificación de la presente sentencia autorice suministrar el medicamento Residronato de 35 mg, ordenado por el médico tratante.
- Tercero. Reconocer que el Instituto de Seguros Sociales E.P.S. podrá repetir contra el Estado, a través del FOSYGA, todos los gastos en los que incurra y que legalmente no le corresponda asumir. El FOSYGA dispondrá de quince (15) días para reconocer lo debido o indicar la fecha máxima en la cual lo hará, fecha que no podrá exceder de seis (6) meses una vez presentada la solicitud para el pago por la EPS.
- Cuarto. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Popayán notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
- Quinto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.