T-039 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Jorge Luis Almeida Almeida Y Otro·Respondent Fuerzas Militares De Colombia Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Ejército Nacional de ordenar desacuartelamiento
- Caso en que se solicita la exención del servicio militar por ser quien sostiene a madre discapacitada y a hermano menor
- Orden de desacuartelamiento provisional hasta que soldado admita unión de hecho y reconozca la paternidad del hijo que está por nacer
- Obligación
- Línea jurisprudencial
- Vulneración del Ejército por incorporación a filas sin tener en cuenta que el ciudadano se encuentra inmerso en una de las causales de exención
- Autoridades militares deben observar el debido proceso y respetar derechos fundamentales de quienes están definiendo su situación militar
- Vulneración del Ejército al reclutar ciudadano que se encontraba exento de prestar el servicio por sus condiciones familiares
- Exenciones previstas en la Ley
- Caso de compañera permanente que actúa en nombre propio y en el de su hijo próximo a nacer, para solicitar el desacuartelamiento de su compañero
- Declaratoria de exequibilidad condicionada mediante sentencia C-755 /08
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, libertad, igualdad, mínimo vital.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
En los casos analizados la conducta que se alega como violatoria de derechos fundamentales es el reclutamiento de los accionantes para prestar el servicio militar obligatorio, sin que se haya tenido en cuenta que la situación personal de cada uno de ellos se enmarcaba dentro de una de las causales de exención del mismo.
La Sala de Revisión se pronuncia respecto a la obligación de prestar el servicio militar, sus modalidades y excepciones consagradas en la Ley 48 de 1993 y en el Decreto 2048 de 1993, al igual que sobre el debido proceso administrativo en el reclutamiento e incorporación al servicio militar realizado por las autoridades militares.
Luego del análisis concreto de cada caso se decide CONCEDER el amparo deprecado por los actores y ordenar su desacuartelamiento.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo, Secc. 2ª, Subsecc. B - del 13 de junio de 2013, que confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander del 19 de abril de 2013; para en su lugar conceder el amparo al derecho fundamental al debido proceso del señor Jorge Luis Almeida Almeida.
- SEGUNDO. ORDENAR a las Fuerzas Militares de Colombia - Ejército Nacional, Batallón de Ingenieros No. 18 "General Rafael Navas Pardo" -, el desacuartelamiento del señor Almeida en el término de cinco (5) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia.
- TERCERO. REVOCAR la Sentencia del Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia del Circuito de Facatativá (Cundinamarca) del 17 de junio de 2013; para en su lugar conceder el amparo a los derechos fundamentales al mínimo vital y a la unidad familiar de la señora Geny Lorena Rojas Salcedo y de su hijo que está por nacer, así como los derechos fundamentales del niño.
- CUARTO. ORDENAR a las Fuerzas Militares de Colombia - Ejercito Nacional, Batallón de Artillería No. 5 "José Antonio Galán Zorro" -, el desacuartelamiento del señor William Steven Pérez Anzola en el término de cinco (5) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia.
- QUINTO. CONDICIONAR el carácter definitivo de la orden contenida en el numeral
- cuarto. de la parte resolutiva de esta sentencia a que el señor Pérez Anzola reconozca, en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, ante el Juez
- Primero. Promiscuo de Familia del Circuito de Facatativá (Cundinamarca), su paternidad del nasciturus de la peticionaria, si es que considera que hay lugar a ello. De lo contrario, vencido este plazo deberá volver el señor Pérez a culminar la prestación del servicio militar obligatorio dentro del término de dos (2) días. Lo anterior aplicará igualmente en el caso en el que el señor Pérez desconozca la existencia de una unión permanente entre él y la señora Rojas.
- SEXTO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada por medio de auto del 11 de diciembre de 2013.
- SÉPTIMO. Líbrese, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.