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Tutela ruling (T)October 4, 2021

T-339 de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Alexander Trujillo Marquez·Respondent Mindefensa Y Otros

✓
Topic · hard data
Debido Proceso En El Reclutamiento E Incorporacion Al Servicio Militar
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Exencion De La Prestacion Del Servicio Militar De Conformidad Con La Ley 1448 De 2011
  • Víctimas comprendidas dentro de esta ley quedan exentas de prestar servicio militar
Servicio Militar Obligatorio De Desplazado
  • Orden de desacuartelamiento y entrega de libreta militar
Servicio Militar Obligatorio
  • Etapas para definir la situación militar
  • Procedimiento que rige el reclutamiento e incorporación al servicio militar
Victimas De Desplazamiento Forzado
  • Alcance del concepto contenido en el artículo parcial de la Ley 1448 de 2011
Debido Proceso Administrativo En El Reclutamiento E Incorporacion Al Servicio Militar
  • Autoridades militares deben observar el debido proceso y respetar derechos fundamentales de quienes están definiendo su situación militar
Principio De Buena Fe Y Exencion En La Prestacion Del Servicio Militar De Joven Desplazado
  • Documento presentado debió ser valorado como prueba legalmente aceptada e idónea para para acreditar condición de víctima
Victimas Del Desplazamiento Forzado
  • Sujetos de especial protección constitucional
Desistimiento De Tutela
  • Improcedencia en sede de revisión
Definición De La Situación Militar
  • Marco normativo y jurisprudencial
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

prueba aportada para evidenciar la calidad de víctima de la violencia, esto es, de sujeto especial de protección prevalente, carecía de la virtualidad probatoria requerida para demostrar tal circunstancia de hecho.

El accionante tomó la decisión de desertar del Ejército y salir del Batallón donde permanecía incorporado, sin la autorización de sus superiores y por esta razón se inició un proceso penal en su contra, que ha impedido la definición de su situación militar.

Con base en lo anterior se invocó la intervención del juez constitucional, bajo el principal planteamiento de que el servicio militar en las personas desplazadas no es imperativo en razón de la incompatibilidad que supone exigirles su regreso al territorio que forzosamente abandonaron, por lo que todo el proceso de alistamiento al que fue sometido obedece a una actuación “que desde un principio contraviene el ordenamiento.

La Corte concluyó que la demandada no realizó una valoración de la situación real del tutelante en forma razonable y conforme a las normas del debido proceso, hecho que le impidió advertir que se enfrentaba a un sujeto de especial protección constitucional quien, por consiguiente, no debía ser reclutado en ningún momento y bajo ninguna modalidad, mucho menos, bajo aquella que resultaba más gravosa para su dignidad como víctima del conflicto y que extendía irrazonablemente sus labores castrenses, de ser estas exigibles.

De hecho, en este contexto, se probó que para el momento en que el actor decidió desertar del Ejército Nacional su tiempo de servicio -si es que hubiera tenido la obligación de prestarlo- ya había culminado y, en consecuencia, para ese instante ya debía haber sido dado de baja, por lo que el conjunto de estas circunstancias merecían ser valoradas con especial cuidado por parte del juez de e instrucción penal militar que adelantaba un proceso en su contra, a efectos de que resolviera, en el marco de un escenario justo, sobre la terminación del mismo.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la entidad adelantar las medidas correspondientes para adoptar la decisión que permita formalizar la razón del desacuartelamiento del peticionario, ante la configuración de la causal de exención establecida expresamente en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017, relativa a ser víctima del conflicto armado.

Se hizo una advertencia al Ejército Nacional para que en adelante no incurra en actuaciones como las que dieron origen al presente proceso y en tal sentido precisó que, la prestación del servicio militar obligatorio es un imperativo constitucional y, en consecuencia, es exigible a los nacionales, pero que tal mandato debe agotarse con observancia estricta de las excepciones y prerrogativas legalmente establecidas, es decir, debe someterse a los postulados constitucionales, respetar los derechos fundamentales, así como las libertades básicas de los llamados a filas.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido, en primera instancia, por el Juzgado Veintiuno de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Bogota, el dia 8 de enero de 2020, en virtud del cual se "nego" el amparo invocado por el senor Alexander Trujillo Marquez. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad del ciudadano accionante, por las razones precisas expuestas en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. ORDENAR al Comandante del Batallon de Apoyo del Servicio para la Educacion Militar o a quien corresponda que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, adelante las medidas correspondientes para adoptar la decision que permita formalizar la razon del desacuartelamiento del ciudadano Alexander Trujillo Marquez de las Fuerzas Militares ante la configuracion de la causal de exencion establecida expresamente en el Articulo 12 de la Ley 1861 de 2017, relativa a ser victima del conflicto armado. En el termino de quince (15) dias siguientes a ello, debera disponer lo necesario para expedirle, a su nombre y sin costo alguno, la libreta militar que corresponda.
  3. Tercero. Por conducto de la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR al Batallon de Apoyo del Servicio para la Educacion Militar y al Juzgado 74 de Instruccion Penal Militar copia integral de la presente providencia para que, particularmente este ultimo, en ejercicio de su autonomia judicial, disponga lo relacionado con la terminacion del proceso que se adelanta en contra del ciudadano Alexander Trujillo Marquez, en atencion a la valoracion de las circunstancias, serias y objetivas, acreditadas en este proceso, que vislumbran que aquel fue incorporado a las filas del Ejercito Nacional aun cuando ello estaba expresamente prohibido por disposicion del orden juridico, dado que se encontraba y permanece en una situacion de exoneracion del servicio.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Ejercito Nacional que, en adelante, no podra incurrir en actuaciones como las que dieron origen a la presente accion de tutela. La prestacion del servicio militar obligatorio es un imperativo constitucional y, en consecuencia, es exigible a los nacionales. Sin embargo, tal mandato debe agotarse con observancia estricta de las excepciones y prerrogativas legalmente establecidas, es decir, debe someterse a los postulados constitucionales, respetar los derechos fundamentales, asi como las libertades basicas de los llamados a filas.
  5. Quinto. LIBRAR las comunicaciones por la Secretaria General de la Corte Constitucional, asi como DISPONER las notificaciones a las partes, a traves del juez de tutela de primera instancia, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
  6. Sexto. REMITIR al Juzgado de instancia el expediente digitalizado del proceso de tutela de la referencia para darle el tramite respectivo.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 125cited by 5 →T-339/21T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004SU.391/16 — Accion De Tutela Contra Las Actuaciones Del Presidente De La Republica Y El Congreso, Respecto A Equilibrio De Poderes. Improcedencia Por In · cited 271 timesSU.391/162016T-1028/10 · cited 234 timesT-1028/102010T-792/07 · cited 192 timesT-792/072007T-327/01 — Derechos A La Vida Integridad Personal Libre Desarrollo De La Personalidad Salud Vivienda Y De Los Menores. Desplazamiento Forzado. Inscripc · cited 185 timesT-327/012001T-1094/04 — Derecho A Una Vida Digna De Desplazado Y Su Familia Por La Negativa De La Red De Solidaridad De Incluirlo En El Registro De Población Despla · cited 183 timesT-1094/042004C-250/12 — Limite Temporal En Medidas Previstas A Favor De Las Victimas. Tiene Justificación En Finalidades Constitucionalmente Legítimas Y No Resulta · cited 163 timesC-250/122012T-302/22 — Importancia De La Visita Íntima A Las Personas Privadas De La Libertad Para La Resocialización, La Unidad Familiar Y La Vida Digna. · cited 9 timesT-302/222022T-300/23 — Debido Proceso De Reclutamiento E Incorporación Al Servicio Militar Obligatorio-Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. · cited 7 timesT-300/232023C-059/23 — Servicio Militar Obligatorio Para Varones Y Voluntario Para Las Mujeres. · cited 7 timesC-059/232023T-456/24 — Derechos Al Trabajo, Vida Digna Y Estabilidad Laboral En El Régimen Especial De Las Fuerzas Militares-Desacuartelamiento De Auxiliar De PoliT-456/242024T-064/22 — Pensión De Sobrevivientes De Soldado Fallecido En El Régimen Especial De Las Fuerzas MilitaresT-064/222022
constitutional review unification tutela

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