T-004 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Maria Ines Muñoz De Nuñez·Respondent Salud Total E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a EPS evaluar si la accionante requiere usar colchón antiescaras y en caso de requerirlo sea suministrado con cargo al Fosyga
- Orden a EPS valore la condición médica de la accionante y determine si requiere diferentes tipos de terapias y el servicio de enfermería domiciliaria
- Formas previstas por ordenamiento jurídico
- Requisitos
- Cónyuge en representación de esposa enferma
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida digna.
A través de la figura de la agencia oficiosa se instaura la acción de tutela en representación de una persona de 77 años de edad, que padece secuelas de accidente cerebrovascular y otra serie de patologías que le generan úlceras y escaras sobreinfectadas.
Debido a las múltiples patologías, la paciente requiere el servicio de enfermería domiciliaria, terapias especiales y varios elementos e insumos para su manejo, los cuales no han sido autorizados por la entidad accionada, bajo el pretexto de no existir prescripción médica para ellos.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho a la salud como derecho fundamental y sobre el derecho al diagnóstico.
Se CONCEDE la tutela y se ordena realizar valoración a la paciente para que se determine la situación médica que la aqueja, a fin de que los profesionales prescriban todos los medicamentos y servicios requeridos para su manejo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la salud y al diagnóstico y en su lugar REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Veintidós Civil del Circuito de Bogotá, del veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012), dentro de la acción de tutela promovida por el señor Luis Antonio Nuñez quien actúa como agente oficioso de la señora María Inés Muñoz de Nuñez.
- SEGUNDO. ORDENAR a Salud Total EPS para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, valore y determine si la señora María Inés Muñoz de Nuñez requiere usar colchón antiescaras y en caso de que la respuesta sea afirmativa lo suministre dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la mencionada valoración realizando el respectivo recobro al Fosyga.
- TERCERO. ORDENAR a Salud Total EPS que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, valore la condición médica de la señora María Inés Muñoz de Nuñez y determine si requiere diferentes tipos de terapias y el servicio de enfermería domiciliaria. Si se establece la necesidad de dicho servicio, deberá suministrarlo de conformidad con los lineamientos del médico tratante.
- Líbrese por la Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.