T-001 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Francisco Javier Rincon Riaño·Respondent Capital Salud Eps-S
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance y contenido
- Procedencia dada la menor eficacia del mecanismo judicial ante la Superintendencia Nacional de Salud previsto en la ley 1122 de 2007
- Protección constitucional e internacional
- Marco normativo
- Facultad de fallar extra y ultra petita
- Orden de valoración multidisciplinaria para habitante de calle en situación de discapacidad y con problemas de salud mental
- Marco jurídico constitucional y legal colombiano
- Obligación del Estado de garantizar la prestación del servicio de salud a personas en situación de discapacidad
- Concepto
- Está compuesto por tres etapas: identificación, valoración y prescripción
- Flexibilidad en caso de sujetos de especial protección constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
A través de la figura de la agencia oficiosa se instaura la acción de tutela en contra de Capital Salud E.P.S.S.
Se aduce que esta empresa vulneró los derechos fundamentales a la salud, a una vida digna y a la integridad personal de un afiliado que presenta una situación de discapacidad por presentar un trauma raquimedular y paraplejia, al no suministrarle una silla de ruedas y otros insumos médicos que requiere.
Se aborda temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela, el derecho a la salud, con especial referencia a la rehabilitación de las personas con discapacidad y los derechos a la salud mental al diagnóstico.
La Corte concluye el agenciado tiene derecho a la habilitación y rehabilitación solicitada, pues esta garantía se sustenta en aquella que se le confiere a toda persona y, en particular, a aquellas en situación de discapacidad para que goce del más alto nivel posible en su salud física y mental.
Precisa igualmente, que el tratamiento y rehabilitación tienen el objetivo de asegurar un nivel óptimo de independencia y de calidad de vida para las personas con discapacidad, para que ellas puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional.
Se confirman las decisiones de instancia que concedieron el amparo y ordenaron a la entidad autorizar y entregar la silla de ruedas, la órtesis, el caminador y la crema antiescaras solicitada.
Respecto a la pretensión relacionada con la autorización y suministro de pañales desechables se declara la carencia actual de objeto por hecho superado.
Se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en el presente asunto, respecto de la pretension de la autorizacion y suministro de los panales desechables de Jhon Geiler Moreno Valero.
- SEGUNDO. CONFIRMAR el fallo proferido el 5 de febrero de 2020 por el Juzgado 43 Penal del Circuito de Bogota con Funciones de Conocimiento, que a su vez confirmo la decision de conceder parcialmente el amparo, adoptada el 3 de noviembre de 2019 por el Juzgado 51 Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, unicamente en lo relacionado con su punto resolutivo
- segundo. que ordeno a Capital Salud E.P.S.-S. autorizar y entregar al accionante la silla de ruedas, la ortesis, el caminador y la crema Colagenasa Iruxol para la ulcera, de conformidad con lo expuesto en esta sentencia.
- TERCERO. ADICIONAR la sentencia del 5 de febrero de 2020 emitida por el Juzgado 43 Penal del Circuito de Bogota con Funciones de Conocimiento, en el sentido de CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna de Jhon Geiler Moreno Valero, segun lo expuesto en la parte considerativa de esta sentencia.
- CUARTO. ORDENAR a Capital Salud E.P.S.-S. que, en el termino maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, (i) autorice y entregue a Jhon Geiler Moreno Valero el medicamento colagenasa/Iruxol para el tratamiento de su ulcera; y (ii) por medio de los profesionales medicos adscritos a su red de servicios, valore integralmente el estado de salud de Jhon Geiler Moreno Valero, establezca el tratamiento pertinente para la rehabilitacion adecuada para atender su situacion de discapacidad fisica y su salud mental junto con las ordenes medicas correspondientes y expida las autorizaciones necesarias para el suministro de los servicios medicos que se prescriban. Lo anterior, conforme a los criterios establecidos en la Ley 1616 de 2013 para otorgar una atencion adecuada a las personas en el ambito de la Salud Mental. En ese sentido, la entidad debera tener en cuenta la voluntad de Jhon Geiler Moreno en el marco de sus afecciones de salud y tratamiento psiquiatrico.
- QUINTO. ORDENAR a Capital Salud E.P.S.-S. que garantice el tratamiento integral en favor de Jhon Geiler Moreno Valero, respecto de su diagnostico "trauma raquimedular, paraplejia y ulcera glutea trocanterica". Lo anterior, con el fin de que le sean prestados los servicios que disponga el medico tratante en consideracion de los mencionados diagnosticos y se continue el suministro de los panales desechables de forma oportuna y eficaz.
- SEXTO. ORDENAR a la Secretaria Distrital de Integracion Social que brinde acompanamiento al proceso de rehabilitacion fisica y de atencion en salud mental de Jhon Geiler Moreno Valero.
- SEPTIMO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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