SU- de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimiro Naranjo Mesa
✓Claimant Maria Cleofe Rodriguez Vda De Ruiz
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Pago de suma equivalente al salario mínimo y afiliación al POS
- Protección de los servicios personales domésticos
- Protección del mínimo vital
- Alcance
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Asistencia jurídica y legal necesaria
- Alcance
- Contenido
- Fundamental por afectación del mínimo vital
- Afiliación al régimen de pensiones
- Protección del mínimo vital de subsistencia de persona de avanzada edad
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Catorce de Familia de Bogota, y en su lugar CONCEDER la tutela como mecanismo transitorio para la proteccion de los derechos fundamentales a la dignidad y la seguridad social de la accionante.
- Segundo. ORDENAR a la senora Herlinda Ordonez Vda de Millan y al senor Federico Millan Ordonez, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente Sentencia, cancelen la primera suma equivalente al salario minimo a la senora Maria Cleofe Rodriguez Vda de Ruiz, la cual debera liquidarse con base en monto del salario minimo legal vigente a la fecha del pago y en lo sucesivo cancelarse dentro de los cinco (5) primeros dias de cada mes, hasta cuando exista pronunciamiento por parte de la justicia ordinaria respecto de los derecho laborales de la accionante. Dicho pago debera hacerse en la cuenta de depositos judiciales del Juzgado Catorce de Familia de Bogota, juez de primera instancia en la presente tutela.
- Tercero. ORDENAR a los demandados, afiliar a la demandante al Plan Obligatorio de Salud que preste la E. P.S. legalmente autorizada que designe la demandante.
- Cuarto. Solicitar al Juzgado Catorce de Familia de Bogota, verificar el cumplimiento de las anteriores ordenes, advirtiendo a los demandados que el incumplimiento de la presente Sentencia dara lugar a imponer las sanciones establecidas por los articulo 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. ORDENAR a la senora Maria Cleofe Rodriguez Vda de Ruiz, que dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificacion de la presente Sentencia, inicie ante la justicia laboral ordinaria el correspondiente proceso tendiente a definir si le asiste o no derecho al reconocimiento de salarios y prestaciones sociales.
- Sexto. ORDENAR al defensor del Pueblo, prestar a la demandante toda la asistencia juridica y legal necesaria para iniciar y llevar a termino el proceso a que se hace referencia en el ordinal anterior, y mantener a la Corte constitucional informada del tramite procesal que se surta y de sus resultados. Para tales efectos, notifiquese la presente providencia al senor defensor del Pueblo.
- Septimo. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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