C-491 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant David Delgado Vitery·Respondent Ley 1453 De 2011, Articulo 11 (Parcial)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Dificulta las acciones encaminadas a combatir el microtráfico
- Concepto
- Reiteración de jurisprudencia
- Constituye derecho viviente
- Jurisprudencia constitucional
- Debe apuntar a la protección de un bien jurídico constitucionalmente garantizado
- Improcedencia en norma que sanciona el tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, aún en la dosis personal
- Distinción con el narcotráfico
- Necesidad de integración normativa para evitar que el fallo resulte inocuo, en la medida que otras expresiones de la norma acusada llevan implícito dicho concepto
- Evolución legislativa y jurisprudencial
- Reconocimiento
- Aplicación
- Definición
- Exequibilidad condicionada sobre tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
- Contenido
- No se encuentra comprendido dentro de la prescripción del delito de tráfico, fabricación y porte de estupe
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Jurisprudencia de la Corte Constitucional
- Deben contar con el consentimiento informado del adicto
- Definición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 11 (parcial) de la Ley 1453 de 2011 “Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.
A juicio del actor, al eliminar del texto del artículo parcialmente demandado la expresión “salvo lo dispuesto sobre dosis para uso personal”, se discrimina negativamente a quienes consumen la dosis para uso personal, porque se tipifica como delito el portar consigo dicha dosis.
La Corte precisa que la norma acusada permite al menos dos interpretaciones, la primera, de naturaleza literal, consistente en que las conductas alternativas previstas en el tipo penal de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes del artículo 376 del C.P., en la versión modificada por la Ley 1453 de 2011, incluye dentro de su ámbito la penalización del porte de las sustancias allí relacionadas en cantidad considerada como dosis para uso personal, en la medida que no hace ninguna salvedad al respecto y, la segunda, que toma en cuenta el contexto, los principios constitucionales en materia de configuración punitiva y los antecedes jurisprudenciales, según el cual la regulación del porte de dosis para uso personal no se encuentra dentro del ámbito normativo del artículo 376 de la Ley 599 de 2000, y por ende, no está penalizada.
Ante estas dos interpretaciones la Corte acoge aquella que se aviene a los mandatos constitucionales y excluye la que los contraviene.
En tal sentido declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo demandando, en el entendido de que no incluye la penalización del porte o conservación de dosis, exclusivamente destinada al consumo personal, de sustancia estupefaciente, sicotrópica o droga sintética, a las que se refiere el precepto acusado.
En consecuencia, el condicionamiento de la presente decisión deja intacta la posibilidad de que se penalicen las conductas consistentes en “vender, ofrecer, financiar y suministrar”, con fines de comercialización, las sustancias y drogas de que trata el artículo 376 del Código Penal, en cualquier cantidad.
What it decided
Holdings on Ley 599/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el articulo 376 de la Ley 599 de 2000, tal como fue modificado por el articulo 11 de la Ley 1453 de 2011, en el entendido de que no incluye la penalizacion del porte o conservacion de dosis, exclusivamente destinada al consumo personal, de sustancia estupefaciente, sicotropica o droga sintetica, a las que se refiere el precepto acusado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.