C-442 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Eduardo Marquez Gonzalez Y Otro·Respondent Ley 599 De 2000, Articulos 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Tratándose del buen nombre, se encuentra ligado a la transmisión de información falsa o errada y a la opinión meramente insultante, en tanto que en relación con la honra, puede abarcar situaciones más amplias
- Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Elementos que lo estructuran, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Elementos que lo estructuran, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Desarrollo jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia y Corte Constitucional
- Descriminalización progresiva
- Vulneran el principio de estricta legalidad penal
- Casos emblemáticos resueltos por la CIDH
- Fundamentos de justificación de su protección reforzada en los ordenamientos jurídicos nacional e internacional
- Constituye una severa restricción al ejercicio de los derechos fundamentales y a su vez un mecanismo de protección de los mismos
- Alcance y contenido
- Restricciones amparadas por el principio de estricta legalidad
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Las personas jurídicas también son titulares de este derecho
- Los intereses del receptor de la expresión son determinantes para establecer su alcance
- Manifestaciones que constituyen el ejercicio de otros derechos fundamentales
- Puede ser objeto de limitaciones
- A diferencia de los discursos especialmente protegidos, otras formas de expresión pueden ser objeto de mayores limitaciones
- Carácter preferente
- Conlleva deberes y responsabilidades para quien se expresa
- Control estricto sobre las restricciones
- Limitaciones
- Límites
- Rasgos del ámbito constitucionalmente protegido
- Titularidad es universal
- Tipos penales imprecisos
- Elementos
- Derecho comparado
- Constituye derecho viviente
- Como precedente en torno al alcance, no puede ser trasplantada automáticamente al caso colombiano
- Desconoce las exigencias del ius punendi en el derecho convencional
- Procedencia de una inexequibilidad diferida
- Comprende una serie de deficiencias en su estructura argumentativa
- Desconoce precedentes de la Corte Constitucional
- Inconvenientes de una exequibilidad pura y simple
- Tipos de discurso protegidos
- Grados de protección constitucional
- Viola el derecho convencional viviente
- Imprecisión
- No constituye una restricción ilegítima a la libertad de expresión
- No desconoce el principio de legalidad
- Viola el principio de estricta legalidad penal
- Concepto
- Concepto
- Contenido
- Supone cierto grado de indeterminación de los elementos normativos que lo configuran, empero esto no acarrea indefectiblemente su inconstitucionalidad
- Carácter abierto no implica su inconstitucionalidad
- Deber de observar la estricta legalidad
- Aplicación
- Remisión a normas de rango administrativo tiene sus propias reglas
- Definición
- Medidas de protección de los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre
- Cumplen importantes propósitos dirigidos a reservar la paz social y a evitar la justicia privada
- Deben ser objeto de descriminalización
- Despenalización está reservada al legislador en el ejercicio de potestad de configuración normativa
- Violación del principio de estricta legalidad penal
- Finalidad
- Dirigidos a preservar los derechos fundamentales de cualquier persona
- Prevalencia prima facie
- Relación con la dignidad humana
- Derecho convencional viviente
- Elementos
- Alcance variará dependiendo del tipo de discurso que se exprese
- Alcance
- Concepto
- Requisitos para la conformación
- Requisitos sine qua non para la conformación
- No satisface exigencias del principio de estricta legalidad en materia penal
- Contiene la interpretación autentica de los derechos contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumento internacional que integra el parámetro de control de constituciona
- Sentido en el derecho convencional viviente
- Están sujetas a un control constitucional estricto
- Prohibición que hace referencia a las modalidades de tipos penales en blanco y abiertos
- Concepto
- Procedencia excepcional en materia penal
- Distinción
- Criterios
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 599 de 2000.
Por el cual se expide el Código Penal.
Demanda de Inconstitucionalidad en contra de los artículos 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227 y 228.
El demandante alega que los artículos 220 y 221 atacados tipifican el delito de injuria y calumnia de manera vaga e imprecisa y que la indeterminación en la formulación de los tipos penales vulnera el principio de legalidad y da lugar a una restricción ilegítima a la libertad de expresión.
Aduce que tales vicios de inconstitucionalidad se extienden a los artículos 222, 223, 224, 225, 226, 227 y 228 del Código Penal, por tratarse de tipos penales subordinados a los delitos de injuria y calumnia que incorporan en sus elementos normativos, las expresiones tachadas de vagas e imprecisas.
Para la Corte, la tipificación penal de los delitos de injuria y calumnia no desconoce el principio de legalidad y no constituye una restricción ilegítima a la libertad de expresión.
Se declaran EXEQUIBLES los artículos demandados, por los cargos examinados en la presente decisión.
What it decided
Holdings on Ley 599/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los artículos 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227 y 228 de la Ley 599 de 2000 "por la cual se expide el Código Penal", por los cargos examinados en la presente decisión.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.