C-090 de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Alfaro Laura Daniela Y Otros·Respondent Ley 1801 De 2016
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Desarrollo mediante acciones afirmativas
- Configuración
- Eventos en que procede
- Jurisprudencia constitucional sobre la interrelación e interdependencia con la libertad de expresión y los derechos políticos
- Prohibición absoluta de discriminación
- Facetas
- Jurisprudencia constitucional
- Parámetros constitucionales
- Protección frente a comportamientos de irrespeto a las manifestaciones y reuniones en el espacio público o privado
- Garantías para ejercer la movilización social y la reunión pacífica
- Alcance de la igualdad material para personas en condición de vulnerabilidad
- Características
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 40 numeral 5 (parcial) de la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Los actores consideran que la conjunción “y” contenida en la norma censurada, desconoce los artículos 13, 20, 37 y 93 de la Constitución, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Ello, por cuanto excluye injustificadamente de protección a grupos vulnerables, especialmente a las personas en condición de discapacidad, frente a comportamientos que irrespetan sus derechos a manifestarse y reunirse en el espacio público o privado.
Destacó la Corte que, a pesar de que los actores sólo demandaron la conjunción “y”, era necesario integrar normativamente la frase “en razón de su etnia, raza, edad, género, orientación sexual, creencias religiosas, preferencias políticas y apariencia personal” para dar un contenido deóntico claro.
Concluyó la Corte que la norma cuestionada excluyó injustificadamente a sujetos de especial protección constitucional, y dentro de ellos a las personas en condición de discapacidad, de la protección frente a comportamientos que lesionan a grupos sociales vulnerables, específicamente en su ejercicio al derecho constitucional a la protesta.
Señaló además que, ese marco normativo es incompatible con los derechos humanos y con el modelo social que reconoce en la discapacidad una relación política en la que debe excluirse la ideología de la normalidad y que debe procurar la igualdad material.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del numeral 5 del artículo 40 de la Ley 1801 de 2016, en el entendido de que incluye todas las formas de irrespeto respecto de las personas en condición de discapacidad
What it decided
Holdings on Ley 1801/16. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Declarar EXEQUIBLE el numeral 5 del artículo 40 de la Ley 1801 de 2016, en el entendido de que incluye todas las formas de irrespeto respecto de las personas en condición de discapacidad.
- Cópiese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.