JurídicoESEN
Tutela ruling (T)December 15, 2022

T-463 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Maria·Respondent La Universidad

✓
Topic · hard data
Derecho A La Educación Superior De Personas En Situación De Discapacidad-Necesidad De Implementar Protocolo De Atención A Estudiantes En Condición De Discapacidad Y Ajustes Razonables, Suficientes Y Eficaces En Plan De Mejoramiento Académico.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Autonomía Universitaria
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Límites en la Constitución y la ley
Derecho A La Educación Superior De Personas En Situación De Discapacidad
  • Necesidad de implementar protocolo de atención a estudiantes en condición de discapacidad y ajustes razonables, suficientes y eficaces en plan de mejoramiento académico
Derecho Fundamental A La Educacion
  • Reiteración de jurisprudencia
Derecho A La Igualdad
  • Alcance y contenido
Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado
  • Configuración
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Principio De Igualdad
  • Mandatos que comprende
Principio De Autonomia Universitaria
  • Concepto, alcance y contenido
Derecho A La Educación
  • Características y componentes
  • Fundamental tanto para los menores de edad como para los adultos
  • Contenido y alcance
Modelo Social De Discapacidad
  • El Estado tiene la obligación de remover barreras que impidan la plena inclusión social de las personas en situación de discapacidad
Derecho Fundamental A La Educacion De Personas En Situacion De Discapacidad
  • Deber del Estado y de las instituciones de educación superior para garantizar acceso en condiciones de igualdad
18 topics · 21 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante es abogada y presenta una situación de discapacidad en razón al diagnóstico de esclerosis múltiple que presenta.

En el 2018, ingresó al programa de Maestría en Ciencia Política en la universidad accionada, en donde informó de manera verbal su estado de salud y el tratamiento al que estaba siendo sometida.

En el segundo semestre y, debido a los síntomas paroxísticos que padeció, decidió aplazar el semestre para tener una recuperación de todas sus habilidades.

En el segundo semestre del 2019 decidió retomar sus estudios y para el efecto pagó la matrícula e inscribió materias, pero su estado de salud se complicó nuevamente y no pudo atender las clases normalmente, por lo que el resultado de su rendimiento académico fue muy bajo.

Al solicitar la expedición del recibo de pago para el siguiente semestre académico, la universidad le informó que ello no era posible porque había sido excluida del programa y ya no tenía la calidad de estudiante, al haber reprobado más de una vez varias materias.

En sede de tutela se cuestiona la anterior situación y el hecho de que la universidad no efectúo ajustes razonables encaminados a implementar un plan de mejoramiento académico para la peticionaria.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La esclerosis múltiple en la jurisprudencia constitucional. 2º.

La garantía de igualdad y no discriminación. 3º.

El derecho fundamental a la educación y los deberes que éste supone para los estudiantes. 4º.

La especial protección constitucional que deben recibir las personas en condición de discapacidad, concentrándose en el derecho a la educación superior y la implementación de ajustes razonables en ese ámbito y; 5º.

El contenido y alcance del principio de autonomía universitaria.

La Sala encontró configurada una carencia actual de objeto por daño consumado, porque, pese a que la Universidad tenía el deber de estudiar la situación específica de la estudiante y, en consecuencia, darle un trato diferenciado acorde con su situación, no lo hizo cuando le fue comunicada la situación de discapacidad y actualmente es imposible ordenar el reintegro a la Maestría, comoquiera que el programa fue suprimido de la oferta académica de la institución.

No obstante, le ordenó crear un grupo interdisciplinario que, de la mano de los comités asesores de la Dirección de Bienestar, creen una estrategia incluyente y participativa para establecer un protocolo de atención a los estudiantes en situación de discapacidad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Quinto. Civil Municipal de Villavicencio, Meta, en primera instancia y el Juzgado
  3. Quinto. Civil del Circuito de Villavicencio, Meta, que negaron el amparo de los derechos de María, y en su lugar DECLARAR configurada una carencia actual de objeto por daño consumado, de los derechos a la igualdad y a la educación de la accionante, según las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. Segundo. ORDENAR a la Universidad que, en el término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, conforme un grupo interdisciplinario que, de la mano de los comités asesores de la Dirección de Bienestar, creen una estrategia incluyente y participativa para establecer un protocolo de atención a los estudiantes en situación de discapacidad. Este protocolo deberá ser expedido y comunicado a toda la comunidad académica, en el término máximo de los seis (6) meses siguientes a la notificación de esta providencia judicial, o el inicio del período 2023-3; lo que ocurra
  5. primero. Además, el mencionado instrumento tiene que seguir los estándares expuestos en la parte motiva de la presente sentencia sobre educación inclusiva, así como las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y las normas internas aplicables y deberá quedar clara la posibilidad de establecer ajustes razonables caso a caso, atendiendo a las particularidades y necesidades de cada persona que los requiera. Además, deberá crear un espacio de diálogo con María para definir los ajustes necesarios para garantizar su derecho a la igualdad y a la educación, en caso de que ingrese a otro programa en dicha Institución.
  6. Tercero. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional y a las autoridades judiciales de instancia, que adopten todas las medidas pertinentes para guardar la estricta reserva de la identidad de la accionante.
  7. Cuarto. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional- así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juez de tutela de instancia- previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 178cited by 16 →T-463/22T-881/02 — Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Rac · cited 495 timesT-881/022002SU.540/07 · cited 419 timesSU.540/072007C-113/93 — Dec. 2067/91. Art. 21 Incs. 2 Y 4 Y Art. 24. Efectos De Las Sentencias De Constitucionalidad. Aclaracion De Sentencias. Inexequibles. · cited 391 timesC-113/931993SU.522/19 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Accionante Decidió Voluntariamente Someterse A La Jep · cited 367 timesSU.522/192019C-313/14 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental A La Salud · cited 351 timesC-313/142014C-371/00 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Ejercicio Del Derecho Fundamental A La Igualdad-Mayor Representación De La Mujer En Los Más Altos Niveles · cited 342 timesC-371/002000T-533/09 — · cited 282 timesT-533/092009T-585/10 · cited 279 timesT-585/102010SU.061/23 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Asunto Laboral-Procedencia Por Desconocimiento Del Precedente Constitucional, Defecto Sus · cited 30 timesSU.061/232023SU.269/23 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Asunto Laboral-Procedencia Por Desconocimiento Del Precedente Constitucional Y Defecto Su · cited 21 timesSU.269/232023T-232/23 — Derecho A La Igualdad Y No Discriminación, Debido Proceso Disciplinario Y Educación Superior Inclusiva-Vulneración Por No Tener En Cuenta La · cited 12 timesT-232/232023T-583/23 — Derechos A La Salud, Vida Digna Y Al Cuidado De Niños, Niñas Y Adolescentes-Servicio De Cuidador Y Garantía De Tratamiento Integral Para Men · cited 11 timesT-583/232023T-132/23 — Derecho A La Educación De Niños Niñas Y Adolescentes, Continuidad En La Formación Académica-Vulneración Del Debido Proceso En Actuación Disc · cited 6 timesT-132/232023T-009/24 — Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Accesibilidad, Aceptabilidad Y Garantía De Permanencia En El Sistema Educativo (Transp · cited 5 timesT-009/242024T-021/24 — Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad-Suministro De Acompañamiento Terapéutic · cited 5 timesT-021/242024T-558/23 — Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes- Vulneración Por Demora En La Entrega De Medicamentos Y Orden De Tratamiento Integral Para · cited 5 timesT-558/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.