T-511 de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant María Martínez, En Calidad De Agente Oficiosa De Su Hijo Daniel Méndez Martínez,·Respondent Alcaldia Local De Kennedy Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Eliminación de barreras físicas para su acceso
- Situaciones que constituyen actos discriminatorios
- Estado debe adoptar medidas que incluyan eliminación de obstáculos y barreras de acceso a edificios, vías públicas, transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuela
- Se protege a través de la garantía de accesibilidad
- Conexidad con derechos fundamentales hace procedente la tutela
- Sujeto de especial protección constitucional
- Sujetos de especial protección constitucional
- El Estado tiene la obligación de remover barreras que impidan la plena inclusión social de las personas en situación de discapacidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante, actuó como agente oficiosa de un hijo mayor de edad que presenta una discapacidad múltiple y depende de una silla de ruedas para movilizarse.
La vulneración de derechos fundamentales por parte de la alcaldía local accionada se atribuye al hecho de no priorizar la solicitud de construir una rampa y adecuar la malla vial local ubicada frente a su lugar de residencia, con el fin de facilitar el acceso y movilidad del agenciado, quien, además, requiere atención médica frecuente.
Se reiteró jurisprudencia sobre la protección constitucional a las personas en condición de discapacidad, con énfasis en el derecho a la igualdad, el acceso universal y la libertad de locomoción.
Así mismo, se analizó temática referente a las obligaciones del Estado respecto a la protección de los derechos de las personas en condición de discapacidad y, en particular, a la inclusión social en infraestructura.
Tras encontrar comprobada la alega trasgresión de garantías constitucionales, se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó a la entidad implementar medidas transitorias y urgentes para garantizar la accesibilidad física del agenciado a la vía principal desde su lugar de residencia.
Igualmente, se le ordenó que, en coordinación con la Alcaldía Mayor, elaboren y ejecuten un plan de medidas afirmativas en el que se incluyan las adecuaciones de infraestructura en el espacio público aledaño al lugar de residencia del agenciado para garantizar de manera definitiva su accesibilidad física.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 26 de febrero de 2024 por el Juzgado Diecisiete (17) Civil Municipal de Bogotá dentro del expediente T-10.127.970. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la vida, a la libre locomoción, a la no discriminación e igualdad del joven Daniel Méndez Martínez, de conformidad con lo señalado en esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Alcaldía Local de Kennedy que, en el término de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, implemente medidas transitorias y urgentes para garantizar la accesibilidad física del agenciado a la vía principal desde su lugar de residencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Alcaldía Local de Kennedy para que, en coordinación con la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y en un plazo no mayor a seis (6) meses contados a partir de la notificación de esta providencia, elaboren y ejecuten un plan de medidas afirmativas en el que se incluyan las adecuaciones de infraestructura en el espacio público aledaño al lugar de residencia del agenciado para garantizar de manera definitiva su accesibilidad física.
- CUARTO. ADVERTIR a la Alcaldía Local de Kennedy, para que en adelante y, de conformidad con lo establecido en la presente providencia, tome todas las medidas necesarias para garantizar un enfoque diferencial para la población en condición de discapacidad, al momento de estudiar las solicitudes de adecuación de infraestructura local.
- QUINTO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR copia de la presente decisión a la Defensoría del Pueblo, para que realice el seguimiento y acompañamiento de la misma, de conformidad con sus competencias constitucionales y legales.
- SEXTO. Por secretaría general librar las comunicaciones de que trata el Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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