C-193 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Revision De Constitucionalidad·Respondent Decreto Legislativo 4702 Del 21 De Diciembre De 2010
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- En la sentencia se confunde el análisis de la conexidad material con el juicio de finalidad
- Estándar empleado para realizar el juicio de insuficiencia de los medios ordinarios
- Criterios generales de conexidad, necesidad y proporcionalidad
- Parámetros de control
- Adición de falta disciplinaria al Código Disciplinario, referida al incumplimiento de obligaciones sobre prevención y atención de desastres se adecua a la Constitución
- Adopción de medidas tributarias, presupuestal, contractual e institucional
- Aplicación del principio de unidad de materia
- Compatibilidad material de medidas extraordinarias con las normas sustantivas de la Constitución, salvo todo lo relacionado a la transferencia de recursos, control de
- Control material frente a normas sustantivas de la Constitución
- Hechos sobrevinientes que constituyen grave calamidad pública
- Incorporación de una causal de falta gravísima al Código Único Disciplinario
- Mecanismos de control
- Condicionamiento
- Creación de Comité de Ética y Transparencia
- Estipulación de veeduría ciudadana
- Examen formal
- Análisis del régimen de transferencia de recursos
- Transferencia de recursos a entidades privadas para su administración
- Estructura y funcionamiento
- Modificación del régimen de contratación
- Modificación del régimen de transferencia de recursos
- Finalidad
- Ámbito de aplicación
- Contenido
- Reestructuración
- Se requiere que la misma continúe produciendo efectos jurídicos
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Decreto Legislativo 4702 del 21 de diciembre de 2010.
Por el cual se modifica el Decreto Ley 919 de 1989.
Revisión oficiosa de constitucionalidad.
La Corte examinó formal y materialmente el Decreto Legislativo 4702 de 2010, para determinar si el ejercicio de los poderes de excepción y el contenido de las medidas adoptadas en él, se ajustaron a la Constitución y si las mismas cumplieron los requisitos de finalidad, conexidad, necesidad y proporcionalidad.
Se resuelve, declarar la EXEQUIBILIDAD de los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 11, la EXEQUIBILIDAD PARCIAL del artículo 4 y la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 9, en el entendido que la labor de auditaje debe ser previa o concurrente y no desplaza la que está a cargo de los organismos de control.
What it decided
Holdings on Decreto 4702/10. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (18 points)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10 y 11 del Decreto Legislativo 4702 de 2010.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 4 del Decreto 4702 de 2010, modificatorio del artículo 14 del Decreto 1547 de 1984, modificado por el artículo 70 del Decreto 919 de 1989, salvo los siguientes condicionamientos e inconstitucionalidades parciales:
- 1. En relación con el inciso
- primero. del artículo 14:
- a) La expresión “entidades privadas” como susceptibles de que se les transfieran recursos del Fondo Nacional de Calamidades se condiciona en el entendido que se refiere únicamente a aquellas cuyo objeto social tenga relación directa con las actividades que se requieran para atender la emergencia que se pretende superar.
- b) La expresión “sin que para ello se requiera operación presupuestal alguna”, se condiciona en el entendido que dicha expresión no exime de la obligación de realizar registros contables.
- c) La expresión “cuentas abiertas” se condiciona en el entendido que se trata de cuentas “especiales” y “separadas”.
- d) Las medidas que adopta el Decreto se aplicarán en las zonas y municipios afectados a que se refiere el decreto 4580 de Diciembre 7 de 2010.
- 3. El inciso
- segundo. del artículo 14 se declara INEXEQUIBLE.
- 4. El inciso
- cuarto. del artículo 14 se declara EXEQUIBLE, condicionado a que los “gastos operativos” a que se refiere el precepto sólo pueden efectuarse cuando la capacidad de los órganos del Estado no sea suficiente para atender la situación de emergencia que motivo declarar el estado de excepción.
- 5. Del parágrafo
- primero. del artículo 14, se declara INEXEQUIBLE la expresión “las cuales se sujetarán a la reglamentación a que se refiere el inciso
- segundo. del presente artículo”, y EXEQUIBLE el resto del precepto, en el entendido de que la expresión “entidades privadas”, se refiere únicamente a aquellas cuyo objeto social tenga relación directa con la atención de la situación de emergencia declarada.
- 6. El parágrafo
- segundo. del artículo 14 se declara EXEQUIBLE, en el entendido que las cuentas a las que allí se hace mención son especiales y separadas.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 9º del Decreto legislativo 4702 de 2010, en el entendido que la labor de auditaje debe ser previa o concurrente y no desplaza la que está a cargo de los organismos de control fiscal. Así mismo, las empresas que integrarán el Comité de Ética y Transparencia deberán seleccionarse mediante concurso público de méritos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.