C-037 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Oscar Antonio Marquez Buitrago
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Obligación del Estado
- Derechos y deberes de las entidades del Estado para consecución de los fines
- Labor de interventoría
- Obligación de los servidores públicos
- Objeto
- Responsabilidad del interventor
- Funciones
- Potestad legislativa debe concordar con las normas constitucionales
- Destinatarios
- Elementos
- Diferencias
- Desempeño
- Concepto
- Función de control
- Obligación de dar órdenes y sugerencias por escrito
- Particular en ejercicio de una función pública es destinatario de la ley disciplinaria
- Criterios jurisprudenciales
- Fundamento constitucional
- Ejercicio y efectos
- Objeto
- Diferencias con el fenómeno de privatización
- Régimen de inhabilidades e incompatibilidades aplicable
- Límites
- Supuestos
- Ejercicio por particulares
- Manifestaciones de mayor énfasis de sistemas jurídicos
- Criterio material
- Criterio subjetivo
- Control
- Sujeto disciplinable
- Competencia para ejercer inspección y vigilancia
- Finalidad social del Estado
- Calificación expresa
- Prestación no conlleva por si mismo el ejercicio de una función pública
- Noción
- Concepto
- Responsabilidad civil y penal
- Definición
- Cargos diferentes
- Responsabilidad del particular que cumple funciones públicas
- Responsabilidad en el cumplimiento
- Administración de recursos parafiscales
- Estructura básica de la norma
- No se identifica finalidad legitima a la luz de la Constitución para establecer diferencia de trato frente a los demás personeros municipales y distritales
- Criterio material
- Criterio para su aplicación
- Evolución jurisprudencial
- Régimen aplicable
- Responsabilidad
- Notificación del pliego de cargos al procesado o a su apoderado no vulnera derecho al debido proceso
- Notificación del pliego de cargos y oportunidad de variación
- Situación jurídica igual a la de los demás personeros del país
- Test de igualdad
- Inexistencia
What it decided
Holdings on Ley 270/96. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (20 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-948/02 en la que se declaro la inexequibilidad de las expresiones "La Procuraduria General de la Nacion y" y " a prevencion"contenidas en el tercer inciso del articulo 3 de la Ley 734 de 2002.
- Segundo. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-948/02 en la que se declaro la exequibilidad de la expresion "que podra ser estudiante del Consultorio Juridico de las Universidades reconocidas legalmente" contenida en el articulo 17 de la Ley 734 de 2002.
- Tercero. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-948/02 en la que se declaro la exequibilidad de la expresion "pero cuando la falta afecte el patrimonio economico del Estado la inhabilidad sera permanente" contenida en el primer inciso del articulo 46 de la Ley 734 de 2002 bajo el entendido que se aplica exclusivamente cuando la falta sea la comision de un delito contra el patrimonio del Estado, conforme a lo dispuesto en el inciso final del Articulo 122 de la Constitucion Politica.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "que cumplan labores de interventoria en los contratos estatales" contenida en el primer inciso del articulo 53 de la Ley 734 de 2002.
- Quinto. Declarar la EXEQUIBILIDAD de la expresion "presten servicios publicos a cargo del Estado, de los contemplados en el articulo 366 de la Constitucion Politica" contenida en el primer inciso del articulo 53 de la Ley 734 de 2002, bajo el entendido de que el particular que preste un servicio publico, solo es disciplinable cuando ejerza una funcion publica que implique la manifestacion de las potestades inherentes al Estado, y estas sean asignadas explicitamente por el Legislador.
- Sexto. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-1076/02 en la que se declaro la exequibilidad de la expresion "Cuando se trate de personas juridicas la responsabilidad disciplinaria sera exigible del representante legal o de los miembros de la Junta Directiva." contenida en el
- segundo. inciso del articulo 53 de la Ley 734 de 2002 bajo el entendido que la falta le fuere imputable por el incumplimiento de los deberes funcionales.
- Septimo. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-1076/02 en la que se declaro la exequibilidad de la expresion "Los estudiantes de los Consultorios Juridicos, podran actuar como defensores de oficio en los procesos discilplinarios, segun los terminos previstos en la ley 583 de 2000." contenida en el articulo 93 de la Ley 734 de 2002.
- Octavo. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-1076/02 en la que en relacion con la expresion "para proferir fallo" contenida en el numeral 1deg del articulo 143 de la Ley 734 de 2002 la Corporacion se estuvo a su vez a lo resuelto en la Sentencia C-181/02 que declaro exequible la misma expresion contenida en el numeral 1 del articulo 131 de la Ley 200 de 1995.
- Noveno. Declarar la INEXEQUIBILIDAD de las expresiones "Distrital de Bogota" y "Distrital" contenidas en el articulo 160 de la Ley 734 de 2002.
- Decimo. Declarar la EXEQUIBILIDAD de las expresiones "y se surtira con el
- primero. que se presente" y "el procesado" contenidas en los incisos
- segundo. y
- tercero. del articulo 165 de la Ley 734 de 2002, exclusivamente por el cargo planteado en la demanda.
- Undecimo. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-1076/02 en la que se declaro la exequibilidad de la expresion "las demas notificaciones se haran por estado" contenida en el
- cuarto. inciso del articulo 165 de la Ley 734 de 2002.
- Duodecimo. ESTAR A LO RESUELTO en la sentencia C-1076/02 en la que se declaro la exequibilidad del
- quinto. inciso del articulo 165 de la Ley 734 de 2002 con excepcion de la expresion "de ser necesario", que fue declarada inexequible en dicha sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.