A- de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant María Nohemí Hernandez Pinzón Y Otro.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversia sobre tipo de entidades cooperativas para contratar con características de públicas y privadas
- Falta de legitimación para interponer nulidad por no haber sido demandado, ni intervenir en el proceso, ni ser objeto de orden impartida en sentencia T-284 de 2006
- Sala de Revisión coligió que se incurrió en vía de hecho por defecto sustantivo al aplicar inhabilidad para contratar
- No se modificó jurisprudencia en torno a la configuración de vía de hecho por defecto sustantivo en sentencia T-284 de 2006
- Procedencia por vía de hecho según doctrina de la Corte Constitucional
- Jurisprudencia constitucional consolidada sobre procedencia
- Derecho de toda persona para reclamar ante los jueces la protección de sus derechos fundamentales
- Necesidad de vincular a quienes participaron en la actuación a fin de que sean oídos y ejerzan su derecho de contradicción
- Intervención de quien tenga interés legítimo
- Objeto de abuso como instancia que no fue prevista ni admitida en la Constitución Política ni en la ley frente a toda clase de procesos judiciales
- Necesidad de ordenar la recepción de declaraciones o la práctica de pruebas antes de adoptar la decisión definitiva
- Protección consiste en una orden contra aquel respecto de quien se solicita para que actúe o se abstenga de hacerlo
- Procedimiento preferente y sumario para la protección inmediata de derechos fundamentales
- Al negar al principal afectado interés y legitimación para controvertir crea para los participantes de proceso electoral contradicciones frente a los efectos del fallo
- Al adoptar decisión en sentencia T-284 de 2006 no condicionó el reintegro del Gobernador de Córdoba a la realización de nuevas elecciones
- Al momento de proferir la sentencia T-284 de 2006 conocía que paralelamente se estaba adelantando un nuevo proceso electoral para proveer el cargo de Gobernador de Córdoba
- Divergencias interpretativas no constituyen vía de hecho
- Vulneración de la cosa juzgada constitucional en sentencia T-284 de 2006
- Debe ser decidido por la Sala Plena de la Corte Constitucional
- Línea jurisprudencial sobre su alcance
- Se vulneran sus derechos cuando habiendo sido convocados nuevamente a comicios escogen de buena fe a uno de los participantes y ocupa el cargo otro de ellos
- Despojo del derecho ganado en urnas y remoción del cargo a consecuencia de decisión judicial ajena al candidato
- Discrepancias con la argumentación jurídica de la Corte Constitucional no constituye su nulidad
- No debe afectar derechos fundamentales de terceras personas determinables o indeterminables
- Obligación de vincular al proceso a personas que podrían verse afectadas por la decisión adoptada
- Condiciona el ejercicio de la acción de tutela a su interposición dentro de un término razonable
- No le corresponde hacer juicio sobre el acierto o no de la sentencia sino analizar su validez
- Reiteración de procedencia excepcional
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo
- Causal por desconocimiento de la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso y cumplimiento de la carga argumentativa de quien la alega
- Término de tres días contados a partir de notificación de fallo
- La sentencia tendrá la fecha en que se adopta según art. 56 de la ley 270/96
- Modificación de normas sobre el período de alcaldes, gobernadores, concejales y diputados no son incompatibles con la jurisprudencia
- Sala de Revisión no estaba compelida a llamar al proceso a personas insospechadas
- En la impugnación se cumplieron los requisitos de oportunidad y carga argumentativa
- Improcedencia por falta de legitimación de la solicitante respecto de terceros en sentencia T-284/06
- Sala de Revisión desconoció jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional en sentencia T-284 de 2006
- Debe estar caracterizado por situaciones claras y evidentemente indebidas
- No existe identidad fáctica entre sentencias para proceder a la nulidad de la sentencia T-284 de 2006
- Improcedencia de recursos
- Vulneración del debido proceso y derecho de defensa por no haberse vinculado al proceso a quienes tenían interés
- Surte efectos en el caso concreto
- Defecto sustantivo
- No se desconoce la modificación de normas sobre período de alcaldes, gobernadores, concejales y diputados según Acto Legislativo 2 de 2002
- Casos en que no puede promoverse por cambio de jurisprudencia
- Deber de ordenar la vinculación cuando constata la omisión de una persona afectada con los resultados del proceso
- Solicitud presentada en término pero adición a la misma presentada extemporáneamente
- Competencia para resolver solicitud de nulidad de sentencias de las Salas de Revisión
- Procedencia si hay modificación sustancial de un precedente concreto y no frente a cualquier doctrina jurisprudencial
- Interpretación razonable sobre proceso electoral en sentencia T-284 de 2006 en ejercicio de la autonomía reconocida por la Constitución Política
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-284 de 2006 proferida por la Sala Octava de Revision de la Corte Constitucional, solicitada por Maria Nohemi Hernandez Pinzon - Consejera de la Seccion Quinta del Consejo de Estado.
- Segundo. RECHAZAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-284 de 2006, proferida por la Sala Octava de Revision de la Corte Constitucional, presentada por el senor Jaime Torralvo Suarez.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.