T-879 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Ciudadela Salud S.A.·Respondent Juzgado Doce Civil Del Circuito De Bogota Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que cumplía con todos los requisitos exigidos por la ley y era oponible
- Improcedencia por cuanto no se configura defecto fáctico ni vulneración del debido proceso, al valorar las pruebas aportadas al proceso
- Causales generales y específicas de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Caso en que no se considera que haya existido vulneración al debido proceso de los demandantes por cuanto jueces de instancia resolvieron de conformidad con normas
- Caso en que se resolvió con base en presunciones que establecen el C de Co y el C de PC
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se aduce en la demanda de tutela que los despachos judiciales accionados incurrieron en una vía de hecho por deficiencia o ausencia de valoración probatoria, en tanto valoraron erradamente el título ejecutivo (pagaré en blanco) y la carta de instrucciones impartida para su correcto otorgamiento, con los cuales se pretendía demostrar probada la excepción alegada en el curso del proceso ejecutivo hipotecario seguido contra la sociedad accionante.
Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala concluye que las autoridades demandadas no incurrieron en un defecto fáctico al valorar las pruebas aportadas al proceso y que actuaron conforme a derecho siguiendo las reglas materiales, procesales y probatorias aplicables a los procesos ejecutivos con garantía hipotecaria.
Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON la solicitud de amparo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. CONFIRMAR las sentencias del 29 de febrero del 2012 y del 17 de abril de 2012 proferidas por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia y la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, que negaron la solicitud de amparo instaurada mediante apoderado por la Sociedad Ciudadela Salud S.A. contra el Juzgado Doce Civil del Circuito de Descongestion de Bogota y la Sala Civil de Descongestion del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota.
- Segundo. Por Secretaria General de la Corte, LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.