T-846 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Maria En Representacion De Juan·Respondent Secretaria De Salud Del Tolima
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Protección constitucional especial
- Contenido y alcance
- Hija en representación de padre enfermo de VIH/SIDA postrado en una cama
- Hecho superado por cuanto a enfermo de sida ya le fue suministrado medicamento
- Deber de las EPS de no anteponer trámites administrativos o burocráticos que obstaculicen el acceso al servicio
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida, salud, seguridad social, igualdad.
La demandante presentó la acción de tutela en nombre de su padre, quien tiene 65 años de edad y un diagnóstico de VIH/SIDA que lo mantiene postrado en una cama, por el avanzado estado de la enfermedad.
La demanda se instauró porque la Secretaría de Salud del Tolima condicionó la entrega de los medicamentos prescritos por el médico tratante al pago del 5% del valor de éstos, situación que se convirtió en una barrera de acceso, pues el agenciado no cuenta con los recursos necesarios para cancelar la cuota que se le obliga.
En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento de que el afectado se encontraba afiliado a SALUDCOOP y que esta E.P.S. le estaba suministrando de manera periódica y cumplida los medicamentos requeridos para el mejoramiento de su estado de salud, por lo que concluye que los derechos invocados fueron restablecidos.
Se decide declarar la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO..
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, habiendose verificado la reparacion de la vulneracion de los derechos fundamentales del agenciado, de conformidad con la parte motiva.
- Segundo. PREVENIR al Juzgado
- Segundo. de Familia de Ibague para que no vuelva a incurrir en conductas como las que dieron origen a la presente solicitud de amparo, y garantice el goce efectivo de los derechos de las personas.
- Tercero. Librar, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli previstos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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